"El dolor lumbar es la principal causa de incapacidad y puede dar derecho a pensión; muchos desconocen que no tienen que ir a trabajar con estos dolores insoportables"

El abogado Sebastián Ramírez explica que muchos trabajadores desconocen que no tienen la obligación de acudir a su puesto con dolores insoportables y que pueden solicitar una prestación por ello

Mujer con dolor lumbar

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Mujer con dolor lumbar

María Bandera

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El dolor lumbar es la principal causa de incapacidad en España. Así lo ha advertido el abogado Sebastián Ramírez  que explica que más del 80% de las personas sufrirán esta dolencia en algún momento de su vida. 

Aunque en la mayoría de los casos el dolor remite con una baja temporal, existen situaciones que incapacitan por completo al trabajador.

Hay muchas personas que sufren verdaderos calvarios, con dolores que no les dejan ni levantarse de la cama

Ante esta situación, el letrado ha recordado que existe el derecho a solicitar una pensión por incapacidad permanente, es decir, una prestación económica para quienes no pueden volver a trabajar a causa de su estado de salud.

Muchos no saben que no tienen que ir a trabajar con estos dolores insoportables y que pueden tener derecho a pensión

Sebastián Ramírez

Abogado

“Lamentablemente, muchas personas no saben que no tienen que ir a trabajar con estos dolores insoportables, que en su lugar pueden pedir una pensión por ello”, ha señalado Ramírez. Por ello, recomienda buscar asesoramiento legal cuando la situación lo requiera de verdad.

Mujer con dolor lumbar

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Mujer con dolor lumbar

El laberinto del tribunal médico

En este cotexto, es el tribunal médico el encargado de evaluar la situación del trabajador de cara a validar una posible incapacidad. Sin embargo, la espera de una citación  genera una notable incertidumbre en los trabajadores en baja de larga duración

El abogado laboralista Víctor Arpa ha aclarado que es frecuente que la notificación se demore, pero que existen reglas que protegen al trabajador. 

Según ha explicado, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) comunica la cita por carta certificada y, habitualmente, también por SMS.

Es común que trabajadores que han cumplido 18 meses de baja no reciban noticias hasta el mes 19, 20 o 21. “Mientras no te llamen y no haya una resolución, sigues de baja y sigues cobrando, no pueden dejarte en el aire”, ha afirmado Víctor Arpa.

Médico atendiendo a un paciente

Médico atendiendo a un paciente

El 'error del abrigo': un gesto que puede costar la pensión

Por su parte, el abogado Pablo Ródenas ha alertado sobre un fallo frecuente que puede llevar a la denegación de una incapacidad: el conocido como “error del abrigo”. Ródenas ha expuesto que un gesto tan automático como ponerse una prenda con normalidad puede ser interpretado por el tribunal como una contradicción con la dolencia declarada, especialmente en lesiones de hombro, espalda o cervicales.

Más de un abrigo mal puesto ha costado más de una incapacidad

El tribunal médico no solo escucha, sino que observa al paciente desde que entra hasta que sale del edificio. 

Según Ródenas, estos gestos pueden llevar a conclusiones como “movilidad conservada” o “incoherencia entre clínica y conducta”. “Más de un abrigo mal puesto ha costado más de una incapacidad”, ha sentenciado el abogado.

Un juez concede la incapacidad a un autónomo

Recientemente, el Juzgado de lo Social 7 de Madrid ha concedido una incapacidad permanente total a un autónomo psicoterapeuta por dolor pélvico severo. La sentencia ha destacado que el cuadro clínico le impedía mantener una sedestación prolongada y una atención continuada, exigencias esenciales de su profesión.

Este caso refuerza “la tendencia de otorgar incapacidades laborales a personas autónomas”, según el despacho Abogados Parrado Asesores. La abogada del caso, Cristina Alonso, ha comentado que “todavía no existe una mentalidad entre los autónomos de que tienen los mismos derechos laborales que los asalariados en muchos aspectos vitales”.

La Ley General de la Seguridad Social establece cuatro grados de incapacidad permanente: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Para acceder a una pensión es necesario estar de alta en la Seguridad Social y cumplir un periodo de cotización, salvo si la incapacidad deriva de un accidente laboral o enfermedad profesional.

En este contexto, sindicatos como USO, UGT y CCOO han pedido “no criminalizar las bajas”, recordando que los casos fraudulentos son minoritarios y han criticado la falta de análisis sobre los fallos en la prevención de riesgos laborales.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

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