Andrés Millán, abogado: "Es posible pagar el impuesto de sucesiones con el propio dinero de la herencia. Hay que solicitarlo al banco en el que está la cuenta corriente del difunto"
La ley española contempla una solución legal que evita tener que vender bienes o pedir préstamos: pagar el impuesto directamente con los fondos de la cuenta del fallecido