Adiós al humo en tu terraza: la ley permite a tu comunidad de vecinos prohibírtelo

El artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal ampara a las comunidades para vetar el tabaco en terrazas y balcones si genera molestias a los vecinos

Una mujer echando humo

HOSPITAL UNIVERSITARIO GENERAL DE VILLALBA

Una mujer echando humo

Ignacio Juanilla Bernardo

Madrid - Publicado el

3 min lectura

La llegada del buen tiempo convierte a las terrazas y balcones en los espacios más codiciados de la vivienda. Sin embargo, este disfrute puede verse truncado cuando el humo del tabaco de un vecino invade nuestro espacio, generando un conflicto que enfrenta el derecho a la propiedad individual con el bienestar de la comunidad. Aunque fumar en el ámbito privado es legal, la ley ofrece un marco de actuación claro para que las comunidades de propietarios puedan actuar y ponerle fin.

Muchas personas creen que, al ser su terraza un espacio privado, tienen total libertad para hacer lo que quieran en ella. Sin embargo, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece límites claros cuando una actividad, por muy personal que sea, interfiere negativamente en la convivencia vecinal. Es en este punto donde el hábito de fumar en el balcón puede pasar de ser un acto privado a un problema comunitario con consecuencias legales.

La clave se encuentra en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal

La herramienta legal que ampara a los vecinos molestos es el artículo 7.2 de la LPH. Este apartado prohíbe expresamente al propietario y al ocupante del piso o local la realización de actividades “insalubres, nocivas, molestas, peligrosas o ilícitas”. Aunque el tabaco no es ilícito, su humo puede ser calificado como nocivo y molesto por los vecinos afectados, lo que abre la puerta a que la comunidad pueda tomar medidas formales.

Prohibido fumar y vapear

Prohibido fumar y vapear

Esta normativa busca proteger la convivencia pacífica y garantizar que el derecho de un propietario a disfrutar de su vivienda no perjudique a los demás. Por tanto, si el humo del tabaco se convierte en una molestia constante que afecta a la calidad de vida de otros residentes, la comunidad está legitimada para intervenir basándose en criterios de salubridad y respeto mutuo.

El camino a seguir: de la advertencia al juzgado

El primer paso para atajar el problema es siempre el diálogo. El presidente de la comunidad, a petición de los vecinos afectados, debe dirigir un aviso formal al propietario fumador, solicitando el cese de la actividad molesta. En muchos casos, esta comunicación es suficiente para que la persona tome conciencia del perjuicio que está causando y modifique su comportamiento.

Si la conducta persiste a pesar de la advertencia, el siguiente movimiento es convocar una junta extraordinaria de propietarios. En esta reunión, se expondrá la situación y se someterá a votación la decisión de iniciar acciones legales. Es un paso crucial que requiere del consenso de la comunidad para demostrar que el problema no es una disputa personal, sino un conflicto que afecta al conjunto del edificio.

Finalmente, si ninguna de las vías anteriores funciona, la comunidad puede presentar una demanda judicial. Será un juez quien evalúe el caso y, si considera probadas las molestias, puede dictar una resolución que obligue al vecino a cesar su comportamiento e incluso, en casos muy graves y de incumplimiento reiterado, imponer sanciones severas.

La importancia de tener pruebas documentadas

Para que una queja o una demanda contra un vecino prosperen, es imprescindible aportar pruebas sólidas y consistentes. No basta con una simple afirmación; hay que demostrar que la actividad molesta es reiterada y persistente.

La ley protege a la comunidad frente a comportamientos que alteren la tranquilidad"

Los expertos recomiendan documentar con detalle cada incidente: registrar fechas, horas y la naturaleza de las molestias. Recopilar testimonios de otros vecinos afectados también es fundamental para reforzar el caso. Como señalan los juristas, "la ley protege a la comunidad frente a comportamientos que alteren la tranquilidad" de los demás, pero para ello necesita pruebas que acrediten el patrón de comportamiento denunciado.

Es fundamental contar con pruebas consistentes que demuestren la conducta reiterada"

En definitiva, el éxito de la reclamación depende de la capacidad de la comunidad para demostrar el perjuicio. Por ello, "es fundamental contar con pruebas consistentes que demuestren la conducta reiterada" a pesar de los avisos. Este proceso garantiza que se respeten los derechos de todas las partes y que las decisiones se tomen con base en la ley y en el bienestar colectivo.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

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