Xavi Abat, abogado: "Siempre se ha dicho que los autónomos no tenemos paro, pero realmente no es así; existen diversas causas por las que puedes pedirlo"
El abogado y creador de contenido ha explicado en sus redes sociales cómo funciona realmente el llamado "paro de los autónomos", quién puede solicitarlo, cuánto se cobra y durante cuánto tiempo se puede percibir

Xavi Abat, abogado
Madrid - Publicado el
3 min lectura
El abogado y creador de contenido Xavi Abat ha explicado en un vídeo publicado en su cuenta de TikTok cómo funciona realmente el conocido como "paro de los autónomos", una prestación que muchos trabajadores por cuenta propia desconocen y que puede ser clave en momentos complicados.
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Durante años, se ha extendido la idea de que los autónomos no tienen derecho a ningún tipo de ayuda cuando se ven obligados a cerrar su negocio. Sin embargo, según aclara Abat, esta creencia no es del todo cierta.
En España existe una prestación específica llamada prestación por cese de actividad, pensada para proteger a quienes no pueden continuar con su actividad profesional.
"No se regula como un paro tradicional, pero funciona de forma muy parecida: tiene requisitos, una duración y una cuantía concreta", explica el abogado en su intervención.

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Cuándo se puede solicitar el cese de actividad
Según detalla Abat, el acceso a esta prestación está vinculado a situaciones que hacen inviable seguir con el negocio.
El caso más habitual es cuando el autónomo registra pérdidas superiores al 10 % de sus ingresos anuales. Además, también se puede solicitar en otras circunstancias, como por ejemplo:
- Deudas que superen el 30 % de los ingresos del año anterior.
- Ejecuciones judiciales o administrativas.
- Declaración de concurso de acreedores.
- Pérdida de la licencia del negocio. Situaciones de fuerza mayor.
- Casos de violencia de género.
- Separación o divorcio en negocios familiares.
Todos estos supuestos están recogidos en la normativa como causas válidas para acceder al cese de actividad.
No se regula como un paro tradicional, pero funciona de forma muy parecida: tiene requisitos, una duración y una cuantía concreta"
Abogado
los requisitos para cobrar "el paro de los autónomos"
Para poder beneficiarse de esta ayuda es necesario cumplir una serie de condiciones.
Entre los principales requisitos se encuentran:
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen del Mar.
- Haber cotizado al menos 12 meses por cese de actividad.
- Firmar el compromiso de actividad con el SEPE.
- No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación en caso de cese definitivo.
- Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
Además, Abat recuerda que esta cotización específica solo es obligatoria desde 2019, por lo que algunos autónomos con más trayectoria pueden no haber generado todavía el derecho completo.

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Cuánto dinero se cobra
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La cantidad que se recibe depende directamente de lo que haya cotizado el autónomo en los últimos meses.
Tal y como explica el abogado, el importe equivale al 70 % de la base reguladora, calculada sobre el promedio de los últimos doce meses.
Esto quiere decir que quienes hayan cotizado por bases más bajas cobrarán menos, mientras que los que hayan aportado más a la Seguridad Social recibirán una prestación mayor.
Cuánto tiempo dura la prestación
La duración del cese de actividad depende de los meses cotizados en los cuatro años anteriores al cierre del negocio.
Según la normativa actual, los periodos son los siguientes:
- De 12 a 17 meses: 4 meses de prestación.
- De 18 a 23 meses: 6 meses.
- De 24 a 29 meses: 8 meses.
- De 30 a 35 meses: 10 meses.
- De 36 a 42 meses: 12 meses.
- De 43 a 47 meses: 16 meses.
- Con 48 meses cotizados: hasta 24 meses.
Este es el periodo máximo que se puede alcanzar en la actualidad.
El vídeo de Abat ha acumulado miles de visualizaciones y comentarios de autónomos que reconocen no saber que existía esta prestación.
En un momento marcado por el aumento de los costes, la incertidumbre económica y el cierre de pequeños negocios, conocer este tipo de ayudas puede marcar una gran diferencia.
Como insiste el propio abogado, "no es cierto que los autónomos estén completamente desprotegidos", aunque recuerda que acceder a esta prestación requiere planificación, haber cotizado previamente y cumplir todos los requisitos legales.





