Miles de personas desconocen que no tienen derecho a paro por ignorar este detalle clave del SEPE en sus cotizaciones de los últimos seis años

El SEPE recuerda que, una vez superado el requisito mínimo de 360 días cotizados, el tiempo que se cobra la prestación no es igual para todos los desempleados

Análisis del paro en La Rioja

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María Bandera

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El paro es un respaldo económico del Estado para quienes pierden su empleo de forma involuntaria, siempre que hayan contribuido previamente al sistema. Funciona como un colchón temporal que ayuda a cubrir las necesidades básicas mientras se busca un nuevo trabajo, financiado con las aportaciones de los propios trabajadores.

Sin embargo, un detalle que muchas personas ignoran es que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) solo tiene en cuenta las cotizaciones de los últimos seis años para calcular el derecho a la prestación contributiva. Esto significa que, si no se alcanzan al menos 360 días cotizados en dicho periodo, no se podrá recibir la ayuda.

Según explica el propio organismo, si se cumplen todos los requisitos, "puedes tener derecho a una prestación contributiva (paro)". Esta ayuda incluye la cotización a la Seguridad Social por jubilación, incapacidad temporal, asistencia sanitaria o nacimiento, entre otros conceptos.

¿Cuánto tiempo cobraré el paro?

Una vez cumplido el requisito mínimo de los 360 días, la duración de la prestación no es igual para todos. La duración del paro varía según el periodo de cotización efectiva acumulado durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. A más tiempo cotizado en ese sexenio, mayor será el periodo durante el que se percibirá la ayuda.

Captura de pantalla del SEPE

Captura de pantalla del SEPE

Requisitos para solicitar la prestación

Para poder beneficiarse de esta prestación, es necesario cumplir con una serie de requisitos formales. Entre ellos se encuentran estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social, encontrarse en situación legal de desempleo y estar disponible para buscar activamente empleo y aceptar una colocación adecuada.

El SEPE subraya uno de los puntos que genera más confusión: es obligatorio "haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo". 

Este requisito es fundamental, ya que el cálculo no tiene en cuenta toda la vida laboral del trabajador.

Casos especiales e incompatibilidades

Existen también condiciones específicas para ciertos colectivos. Para una persona emigrante retornada, se exigen 360 días cotizados en los seis años anteriores a la fecha de emigración, y el SEPE añade que "no deberá estar percibiendo la prestación por desempleo en ningún otro Estado del Espacio Económico Europeo o Suiza". 

Por otro lado, un trabajador eventual agrario que viniera del régimen de autónomos necesitará un periodo mínimo de cotización de 720 días.

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No deberá estar percibiendo la prestación por desempleo en ningún otro Estado

Finalmente, la normativa establece ciertas incompatibilidades. No se puede cobrar el paro si ya se ha cumplido la edad ordinaria para jubilarse, si se realiza una actividad por cuenta propia o ajena a tiempo completo, o si se percibe una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

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