Cuando poner una pegatina de una alarma en tu casa es un delito: las consecuencias legales de proteger tu piso de okupas
A primera vista, el cartel con el símbolo de la cámara puede parecer un simple método disuasorio, pero no siempre cumple con la Ley 5/2014 de Seguridad Privada

Señal de alarma de Securitas en la entrada de una casa en España
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Proteger el hogar se ha convertido en una obsesión creciente para muchos españoles, sobre todo en un contexto de alarmante aumento de la ocupación ilegal. En urbanizaciones, pueblos pequeños e incluso en bloques del centro de grandes ciudades, no son pocos los que optan por soluciones “caseras” ante el miedo a dejar la vivienda vacía. Una de las más comunes es colocar una pegatina de alarma en la puerta, aunque detrás de ese gesto aparentemente inocuo puede esconderse un problema legal importante.
A simple vista, un cartel con el símbolo de una cámara o una empresa de seguridad parece un recurso disuasorio eficaz. Sin embargo, la Ley 5/2014 de Seguridad Privada deja claro que estos elementos no pueden utilizarse libremente. Y es que simular un sistema de seguridad sin tenerlo instalado —o peor aún, usar el logotipo de empresas como Prosegur o Securitas Direct sin ser cliente— puede salirte caro. Muy caro.

Primer plano de un cartel de la empresa de seguridad Trablisa en la fachada de una vivienda. S'Arenal, Mallorca.
Lo barato puede salirte caro
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Lo que muchos desconocen es que, aunque no estés cometiendo un delito por instalar una cámara falsa o un cartel genérico, sí podrías estarlo si usas símbolos o marcas registradas sin autorización. La ley española es tajante: simular que prestas un servicio de seguridad sin estar habilitado para ello supone una infracción que puede derivar en sanciones económicas importantes o incluso en responsabilidades penales.
Según explican los expertos citados por la COPE, el uso no autorizado de una marca registrada puede infringir la Ley de Marcas y el artículo 274 del Código Penal, que contempla penas de hasta tres años de cárcel o multas de entre 12 y 24 meses, dependiendo del caso. Si la empresa dueña de la marca decide emprender acciones, además, puede exigirte una compensación por daños y perjuicios.
A esto se suma el riesgo de intervención por parte de la Agencia Española de Protección de Datos, que puede abrir expediente si considera que estás simulando un sistema de videovigilancia sin cumplir los requisitos legales. En definitiva, lo que empieza como un intento legítimo de proteger tu casa frente a los okupas, puede acabar en los tribunales si no se hace de manera adecuada.
Otras alternativas legales
Este debate ha cobrado aún más fuerza tras la polémica surgida en un pueblo de Burgos, donde los vecinos colocaron un cartel para evitar la ocupación de una vivienda. El gesto dividió opiniones, pero refleja una realidad: la angustia de quienes tienen una segunda residencia o pasan largos periodos fuera de casa y sienten que la legislación los deja desprotegidos.

Rótulo de la empresa de seguridad Securitas Direct a la entrada de una propiedad inmobiliaria. Isla de Mallorca.
¿Hay formas legales de disuadir sin arriesgarse a multas? Sí. Es posible instalar alarmas sin conexión a central, utilizar dispositivos domóticos que simulen presencia en el hogar o colocar carteles genéricos sin logos comerciales que indiquen “zona videovigilada”, siempre que no suplanten la identidad de ninguna empresa ni induzcan a error. Lo importante, en todo caso, es no cruzar la línea.
Como recuerda este artículo de COPE, aunque las intenciones sean buenas, la ley no permite jugar a los vigilantes. Y es que simular una seguridad que no existe puede volverse en tu contra. Lo mejor es buscar alternativas que no vulneren derechos ni normas, y si es necesario, consultar a un profesional legal antes de actuar por cuenta propia.
En tiempos en los que la preocupación por la okupación sigue creciendo —como ha revelado una abogada en COPE—, la mejor protección es la que respeta la ley. Porque proteger tu casa no debería significar poner en peligro tu bolsillo... ni tu libertad.