Piden devolver 6.000 euros de su pensión a un jubilado de Sevilla por lo que hizo en sus primeros seis meses de jubilación

La Seguridad Social reclama el dinero cobrado indebidamente durante sus primeros meses de jubilación

Jubilado con bastón caminando por una calle adoquinada en Sevilla, Andalucía, España.

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Jubilado con bastón caminando por una calle adoquinada en Sevilla, Andalucía, España.

José Manuel Nieto

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Todo empieza cuando, en agosto de 2020, Olegario celebraba su recién estrenada jubilación soñando con disfrutar de su tiempo libre. Sin embargo, apenas unos meses después, se vio envuelto en un conflicto con la Seguridad Social por la pensión de jubilación que acababa de solicitar como trabajador autónomo. Lo que comenzó como un trámite rutinario se convirtió en un proceso judicial que finalmente le obligará a devolver 5.932,40 euros. 

El caso ha sido resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ha dado la razón a la Seguridad Social, confirmando que Olegario incumplió la ley al no solicitar la compatibilidad de su actividad laboral con la pensión. La normativa vigente permite compatibilizar la jubilación con un trabajo, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos, algo que el jubilado no hizo.

Alta indebida como autónomo

A pesar de haberse dado de baja en agosto de 2020, la Seguridad Social detectó que Olegario continuó realizando servicios como autónomo hasta diciembre de 2020, permaneciendo dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Este hecho no fue comunicado, lo que derivó en la reclamación de 5.932,40 euros por la pensión cobrada indebidamente entre el 16 de agosto y el 12 de diciembre de 2020.

La Seguridad Social explicó en su notificación que la compatibilidad con la pensión no está prohibida, pero debe realizarse dentro de los términos legales, mediante lo que se conoce como “jubilación activa”, o asegurando que los ingresos no superen el salario mínimo interprofesional. En este sentido, la ley exige:

  • Solicitar previamente a la Entidad Gestora la compatibilidad.

  • Que los ingresos anuales de la actividad laboral no superen el SMI.

  • Comunicar cualquier trabajo por cuenta propia o ajena tras la jubilación.
Un jubilado se sienta en un banco de la Plaza San Juan de la Palma examinando atentamente un recibo de compra, con un campo de tulipanes morados pintado detrás de él.

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Un jubilado se sienta en un banco de la Plaza San Juan de la Palma examinando atentamente un recibo de compra, con un campo de tulipanes morados pintado detrás de él.

Recurso judicial desestimado

Olegario presentó varias reclamaciones ante la Seguridad Social, que fueron desestimadas. Posteriormente llevó el caso al Juzgado de lo Social número 8 de Sevilla, que confirmó la obligación de devolver los 5.932,40 euros. No conforme, presentó un recurso de suplicación ante el TSJA.

El Tribunal señaló que, aunque su actividad profesional tras la jubilación consistía únicamente en labores de organización y estrategia y que sus ingresos eran inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, el requisito legal de solicitar la compatibilidad era indispensable. Según el TSJ, “la percepción de la pensión de jubilación será compatible con la realización de trabajos por cuenta propia cuyos ingresos anuales totales no superen el salario mínimo interprofesional, en cómputo anual”, pero para aplicar esta norma es requisito ineludible solicitarlo previamente a la Entidad Gestora, tal como refleja el artículo 213.4 de la Ley General de la Seguridad Social.

Jubilado caminando por la Plaza de España, Sevilla

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Jubilado caminando por la Plaza de España, Sevilla

Devolución confirmada por tribunal

En conclusión, Olegario deberá devolver los 5.932,40 euros cobrados de manera indebida. Este caso sirve como advertencia a los jubilados sobre la importancia de cumplir con todos los requisitos legales para compatibilizar la pensión con un trabajo autónomo. La normativa es clara y, aunque la actividad profesional fuese mínima, el incumplimiento del trámite administrativo resultó decisivo.

Casos como este recuerdan la necesidad de informarse bien sobre los derechos y obligaciones de la jubilación activa, algo que también se refleja en otros artículos de actualidad económica, como este sobre el cheque de 12.000 euros para jubilados que cumplen requisitos o la solución de Alemania para pagar pensiones en España. También es recomendable revisar métodos de cobro de pensión de viudedad o cómo Hacienda entrega 4.000 euros a trabajadores según la normativa vigente.

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