Afectados por la decisión de la Seguridad Social de quitar la pensión de viudedad: también tendrán que devolver lo cobrado

Así lo establece el artículo 223 de la Ley General de la Seguridad Social; la finalidad de esta prestación es compensar la pérdida de ingresos que sufre una persona por el fallecimiento de su pareja

Una jubilada en un balcón en Málaga

Alamy Stock Photo

Una jubilada en un balcón en Málaga

José Manuel Nieto

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

La pensión de viudedad es una de las prestaciones más extendidas dentro del sistema de la Seguridad Social en España. Su objetivo es claro: compensar la pérdida económica que se produce tras la muerte de un cónyuge o pareja de hecho. Sin embargo, lo que muchos beneficiarios desconocen es que esta prestación tiene condiciones muy concretas, y el incumplimiento de las mismas puede acabar no solo con la pérdida del derecho, sino también con la obligación de devolver miles de euros.

Según establece el artículo 223 de la Ley General de la Seguridad Social, el derecho a esta pensión se extingue en el momento en que el beneficiario contrae un nuevo matrimonio o constituye una nueva pareja de hecho. A diferencia de otras prestaciones que solo se suspenden temporalmente, en este caso la extinción es definitiva y la obligación de comunicarlo recae siempre sobre el pensionista.

El riesgo de no comunicarlo

El desconocimiento de la norma no exime de responsabilidad. Desde el mismo día en que se produce el nuevo matrimonio o la inscripción de una pareja de hecho, cualquier mensualidad cobrada pasa a ser considerada un cobro indebido. En consecuencia, la Seguridad Social puede reclamar la devolución de todas las cantidades percibidas desde esa fecha.

Este proceso comienza cuando la administración detecta la nueva situación, habitualmente a través del cruce de datos con el Registro Civil. Una vez comprobado, emite una resolución declarando la extinción del derecho con efectos retroactivos y notificando la deuda. La norma fija que la obligación de devolución prescribe a los cuatro años desde cada cobro, por lo que el pensionista puede enfrentarse a cantidades muy elevadas si no ha comunicado a tiempo su cambio de estado civil.

María Antonia Narro, modista jubilada en Pradillo, La Rioja

EFE

María Antonia Narro, modista jubilada en Pradillo, La Rioja

Un caso práctico ayuda a entenderlo mejor: una viuda de 68 años que percibe 850 euros mensuales se casa en enero de 2024 y no informa a la administración. Año y medio después, la Seguridad Social detecta la situación y le reclama los 18 meses cobrados indebidamente, lo que suma 15.300 euros. Si lo hubiera comunicado en su momento, simplemente habría dejado de recibir la pensión desde la fecha de su boda, sin tener que devolver nada.

Una prestación con reglas claras

La pensión de viudedad se enmarca dentro de las prestaciones por muerte y supervivencia, al igual que la de orfandad. La ley entiende que, al formalizar un nuevo vínculo legal, desaparece la dependencia económica que justificaba la ayuda. Por ello, el artículo 223 fija de manera tajante la extinción del derecho en estos casos.

La propia Seguridad Social ha recordado en varias ocasiones que este tipo de prestaciones se ajustan a reglas estrictas. Según publicó COPE, en España hay millones de beneficiarios que deben prestar especial atención a estos requisitos. También conviene tener en cuenta otros factores que pueden afectar a la cuantía, como los ingresos propios del beneficiario, que en algunos casos pueden provocar la reducción de la prestación, tal y como se explicó en esta información.

Por otro lado, existen fórmulas para mejorar las pensiones, especialmente de jubilación, como ha detallado el Gobierno en distintas reformas recientes, en las que se premia a quienes prolongan su vida laboral o se suman nuevos años de cotización, algo que también ha recogido COPE.

Un hombre ayuda a una jubilada con un andador a salir de una iglesia en Valencia

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Un hombre ayuda a una jubilada con un andador a salir de una iglesia en Valencia

En definitiva, la pensión de viudedad es un derecho valioso, pero con condiciones muy concretas. No comunicar un nuevo matrimonio o pareja de hecho no solo extingue la prestación, sino que puede generar una deuda considerable con la administración. La lección es clara: la información y la transparencia con la Seguridad Social son la mejor garantía para evitar problemas futuros.

Visto en ABC

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