"Con la nueva normativa para empleadas del hogar, las multas por no estar dada de alta en la Seguridad Social se consideran una infracción grave y puede tener recargos e intereses"

El experto Pablo Cortés detalla en 'Poniendo las Calles' las claves de la nueva normativa y las graves consecuencias de no registrar en la Seguridad Social a estos trabajadores

Joven limpiadora del hogar limpiando la casa con un trapo y spray
00:00
Poniendo las Calles

Carlos Moreno 'El Pulpo' entrevista a Pablo Cortés, experto en trámites de alta y gestión mensual

José Manuel Nieto

Publicado el - Actualizado

3 min lectura13:05 min escucha

La figura de la empleada del hogar es fundamental para muchas familias, pero la normativa que regula su contratación ha evolucionado, generando dudas sobre las obligaciones que adquieren los empleadores. Para aclarar estas cuestiones, el programa 'Poniendo las Calles}'] de COPE, con [{Carlos Moreno 'El Pulpo', ha contado con la intervención de Pablo Cortés, experto en trámites laborales. El especialista ha subrayado que, con la nueva normativa, las multas por no tener a una trabajadora dada de alta en la Seguridad Social se consideran una infracción grave, acarreando sanciones económicas y el pago de cotizaciones atrasadas con intereses.

Claves para la contratación según la nueva ley

Cortés ha explicado que la legislación ha ido equiparando el régimen especial de empleadas de hogar al régimen general para proteger a las trabajadoras. Una de las reformas más importantes, la de 2022, eliminó la figura del desistimiento, que permitía el despido sin causa justificada. Ahora es necesario argumentar la extinción de causa objetiva, ya sea por cambios en las necesidades familiares, motivos económicos o pérdida de confianza.

A la hora de iniciar el proceso, el primer paso, según el experto, es fundamental: "Al final estás metiendo a alguien en tu casa y antes de meterte en líos y adquirir obligaciones, lo primero es encontrar alguna persona que sea de confianza". Una vez encontrada, el empleador debe darse de alta como tal en la Seguridad Social para obtener un código de cuenta de cotización y tramitar el alta de la empleada.

Lo primero es encontrar alguna persona que sea de confianza"

Trabajador del hogar limpiando el suelo con una fregona morada

Alamy Stock Photo

Trabajador del hogar limpiando el suelo con una fregona morada

Este trámite puede realizarse presencialmente en una oficina, con cita previa, o de forma telemática a través del portal Import@ss de la Seguridad Social, una gestión que puede llegar a ser compleja como demuestra el hecho de que la nueva obligación para contratar empleados del hogar colapsa la web del Gobierno. Cortés aclara que "no hay ningún mínimo" de horas para formalizar un contrato; la documentación es la misma para una hora semanal que para una jornada completa. Si una persona trabaja en varios domicilios, se considera pluriempleo y "cada casa es un empleador distinto", por lo que cada uno debe tener su propio contrato y cotizar por las horas correspondientes.

Nuevas obligaciones: riesgos laborales y registro horario

Una de las novedades más relevantes es la obligación de realizar una evaluación de prevención de riesgos laborales. Cortés ha destacado que "no es una cuestión opcional" y la responsabilidad recae en el empleador. Para facilitarlo, existe la plataforma pública y gratuita 'Prevención10.es', que guía al usuario para evaluar las condiciones del hogar y obtener un certificado que acredita el cumplimiento de la normativa.

Asimismo, la normativa exige llevar un registro de la jornada para controlar las horas trabajadas. Aunque el experto cree que "terminará siéndolo", por ahora no hay obligación de que sea digital. "Puede hacerse en papel, puede hacerse con una hoja firmada o puede ser un documento sencillo", siempre que refleje las horas reales y se pueda presentar en caso de una inspección. Cualquier modificación pactada sobre el horario debe quedar reflejada en dicho registro.

Bajas laborales y duras sanciones por incumplimiento

En cuanto a las bajas laborales, las empleadas del hogar tienen derecho a una prestación económica como cualquier otro trabajador, ya sea por enfermedad común o accidente laboral. La principal diferencia, señala Cortés, es el momento en que empiezan a cobrar por parte del INSS, que en su caso es "a partir del noveno día" de baja. Esta mejora de las condiciones es uno de los pasos con los que la nueva ley de empleadas del hogar aflora la precariedad y busca equiparar sus derechos.

Una mujer de la limpieza friega un cristal

Pixabay

Una mujer de la limpieza friega un cristal

Finalmente, el experto ha sido tajante sobre las consecuencias de no cumplir con la ley. Tener a una persona trabajando sin contrato "se considera una infracción grave". Las sanciones para el empleador van desde los 3.750 euros hasta los 12.000 euros. Además de la multa, la inspección puede exigir "el pago de todas las cotizaciones atrasadas que puedan demostrar que ha estado trabajando la empleada de hogar, recargos e intereses", una medida que se suma al nuevo derecho que tendrá la empleada del hogar a partir de 2026.

Se considera una infracción grave"

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

Visto en ABC

Herrera en COPE

Herrera en COPE

Con Carlos Herrera

Lunes a viernes de 06:00h a 13:00h

Programas

Último boletín

5:00H | 17 FEB 2026 | BOLETÍN

Boletines COPE
Tracking