Confirmado por el Gobierno: este es el nuevo derecho que tendrá tu empleada de hogar a partir de enero de 2026

El Real Decreto 893/2024 refuerza las condiciones laborales de las trabajadoras domésticas con tres garantías clave para su salud y seguridad

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz

Luis Arenas

Publicado el

3 min lectura

El empleo del hogar en España sigue siendo uno de los sectores laborales más invisibles y precarios del mercado laboral. La mayoría de personas que lo ejercen son mujeres, muchas veces sin contrato formal ni acceso completo a la Seguridad Social

Aunque en los últimos años se han dado pasos para mejorar sus condiciones, como la inclusión en el sistema de desempleo o la equiparación en indemnización por despido, aún persisten vacíos en cuanto a la salud y la seguridad

En este escenario, el Gobierno ha dado un nuevo paso que promete transformar el día a día de miles de trabajadoras domésticas. Esta novedad se dará a partir del 1 de enero de 2026, donde todas las personas empleadas del hogar en España contarán con tres derechos en materia de salud y seguridad laboral. 

Según lo establecido en el Real Decreto 893/2024, la medida busca equiparar este sector con el resto de trabajadores y poner fin a una histórica situación de desprotección. 

qué nuevos derechos tendrán las empleadas del hogar

Los nuevos derechos se centran en:

  • Evaluación de riesgos en el domicilio: los hogares deberán someterse a una valoración preventiva de las condiciones del entorno en el que se desempeña la actividad. El empleado debe identificar los riesgos domésticos (caídas, productos químicos, sobrecarga física, etc.).

  • Reconocimiento médico gratuito y periódico: cada tres años, a través del sistema público de salud y con protocolos específicos para este colectivo enfocados en los riesgos domésticos y garantizando que el coste no recaiga en el empleado. 

  • Interrupción del trabajo en casos de riesgo grave o acoso: la persona empleada podrá abandonar el domicilio, sin que se considere dimisión ni causa de despido, ante un riesgo inminente (incendio, exposición de productos peligrosos, etc.) o situaciones de violencia, acoso o discriminación.

Además, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) será el encargado de crear, en un plazo máximo de diez meses, una herramienta digital que ayude a los empleados a identificar y gestionar los riesgos en el hogar. Se establecerán protocolos de actuación frente al acoso y situaciones de peligro antes de que la norma sea plenamente exigible en 2026.

Estos avances se suman a los ya introducidos en 2022, cuando se reconoció el derecho al desempleo y se eliminó el despido por desistimiento, además de reforzar la equiparación con el Convenio 189 de la OIT, que garantiza unas condiciones laborales básicas como el salario mínimo, descansos y afiliación a la Seguridad Social.

Una empleada del hogar limpiando las ventanas

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Una empleada del hogar limpiando las ventanas

El objetivo declarado por el Gobierno es claro, que la prevención y la seguridad dejen de recaer únicamente en los empleados, y que los hogares asuman también responsabilidades. Se trata, en palabras del Ministerio de Trabajo, de un “cambio de cultura preventiva” en un sector altamente feminizado y todavía marcado por la informalidad.

Matices importantes

Los derechos que se concretan en el Boletín Oficial del Estado (BOE) cuentan con matices como la fecha en la que será efectivo.

El Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación, pero las obligaciones no serán exigibles hasta 6 meses después de que esté disponible la herramienta del INSST. No hay una fecha fija, “1 de enero de 2026” en el BOE; los hitos dependen de cuándo se publiquen la herramienta y las resoluciones.

La Linterna

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Con Ángel Expósito

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