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Hasta 35.000 euros: La sentencia de un juzgado de Galicia que puede cambiarte la vida si trabajas en casa

En 'Herrera en COPE' analizamos algunas de las sentencias más curiosas que han dictado los magistrados y esta podría afectarte si te dedicas a las tareas del hogar

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Coordinadora Fin de Semana

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 13:07

Más de un mes ha pasado desde que comenzase la huelga de los letrados de justicia que hay en España, una huelga que ha asoaciado a más de cuatro mil magistrados y que ha obligado a suspender más de 200.000 juicios y vistas y unas 300.000 demandas que quedan pendientes de ser enviadas a los juzgados de toda España.

La protesta que empezó el pasado 24 de enero en busca de mejoras salariales que compensen el aumento de la carga de trabajo continúa y así lo hará si no atienden a las demandas. "Si el Ministerio de Justicia quiere, en hora y media se puede solucionar el problema", aseguran a COPE. Y lo peor es que, un sistema de por sí ya saturado, el colapso en la justicia aumenta a medida que estos paros continúan.



A la espera de que se solucione este conflicto laboral que afecta a miles de personas, queremos que empieces el fin de semana con una sonrisa y vamos a repasamos algunas de las sentencias más curiosas y sorprendentes a las que se han enfrentado los jueces en los últimos meses. Unas sentencias que te dejarán boquiabierto, como le ha pasado al equipo de Herrera en COPE.

Y ojo, porque alguna de ellas puede afectarte de forma directa, así que toma nota, porque alguna podría llegar a cambiarte la vida.

La sentencia de un juzgado de Galicia

Esto que te contamos en Herrera en COPE ha ocurrido en Pontevedra, y es una sentencia que vio la luz hace tan solo unos días. 34.980 euros con 15 céntimos. Es la indemnización que debe pagar un hombre a su exmujer por haberse dedicado en exclusiva a las tareas del hogar y a atender a sus hijos mientras estuvieron casados en régimen de separación de bienes. Isabel, que era la demandante, es la primera persona en Galicia que consigue este tipo de indemnización.


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Pero, ¿qué razones han esgrimido los jueces para fallar a favor de Isabel? Pues la Justicia se ha basado en el artículo 1.438 del Código Civil. Según este artículo, los cónyuges deberán contribuir al sostenimiento de las cargas de matrimonio proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos. La sentencia asegura que el trabajo realizado por Isabel es el correspondiente a contratar a una persona para que hiciese el trabajo del hogar.

Te afectará si teletrabajas

Desde que comenzase la pandemia en 2020, nos dimos cuenta de que el teletrabajo, que no era algo instaurado en nuestro país, con algunas excepciones, era algo esencial que tenían que tener previsto todas las empresas. Y es que te permite cierta flexibilidad que un trabajo presencial en una oficina no te deja, y puede servir, también, para conciliar tu vida familiar con la laboral.

Pero tiene otras partes no tan buenas y algunos flecos que deben ser perfilados, como quién debe hacerse cargo de la luz y el Internet que utilizas para teletrabajar (si lo has de pagar tú o la empresa) o si pueden existir accidentes laborales mientras teletrabajamos aunque estemos en casa.



Pues bien: sí, se considera un accidente laboral. Y es que un juzgado de Sevilla ha dado la razón a un trabajador porque consideraba que los daños provocados por una caída se produjeron en el tiempo de trabajo, pese a estar en su casa. Este trabajador se cayó por las escaleras mientras trabajaba, una caída aparatosa que le provocó la fractura de las costillas.

Eso sí, en un primer momento, la mutua no había considerrado que se pudiese contemplar como un accidente laboral, a pesar de que se produjo mientras trabajaba, aunque ha sido ahora la Justicia la que ha reconocido que, al estar en plena jornada laboral y él estar en su puesto de trabajo, esto se puede considerar perfectamente un accidente laboral.

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