Caza del lobo en La Rioja: Fechas y normas para cazadores riojanos

Temporada de caza en La Rioja 2025-2026, media veda, caza menor y mayor

José Ángel Arranz, director de Patrimonio Natural de la Junta de la Junta de Castilla y León explica en Herrera en COPE cuándo se dará caza al lobo al norte del Duero
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Fechas y normas para cazadores riojanos

Lobo

Álvaro de los Ríos

Logroño - Publicado el - Actualizado

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El Boletín Oficial de La Rioja ha publicado la Orden AGM/36/2025, que regula la temporada de caza 2025-2026 en la comunidad. El documento establece especies, fechas, limitaciones y condiciones para garantizar un equilibrio entre conservación y aprovechamiento cinegético.

Entre las novedades más destacadas, el lobo vuelve a ser especie cinegética en La Rioja, tras la modificación de la Ley 2/2023 de Biodiversidad y Patrimonio Natural. Su caza podrá autorizarse en las modalidades de batida y rececho, siempre dentro de la Reserva Regional de Caza Cameros-Demanda y tras adaptar su Plan Técnico de Caza. Esta autorización se realiza en las mismas condiciones que se permitía hasta la temporada 2021.

El periodo hábil para la caza mayor, que incluye jabalí, corzo, ciervo y ahora también lobo, será del 7 de septiembre de 2025 al 15 de febrero de 2026, los sábados, domingos y festivos. Sin embargo, el periodo específico para cazar lobos será del 1 de octubre al 6 de febrero de 2026.

Además, se mantienen las normas técnicas habituales, solo se permite el uso de armas largas rayadas de calibre mínimo 6 mm, y los rifles semiautomáticos no podrán cargar más de dos cartuchos, sin contar el de la recámara.

Finalmente, la orden contempla permisos excepcionales para control poblacional en zonas agrícolas afectadas por fauna silvestre, que podrán ejecutar Agentes Auxiliares habilitados en los cotos donde desarrollen su labor.

 Resumen de la Orden sobre la caza en La Rioja  

Orden AGM/36/2025, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja, regula la temporada cinegética 2025-2026, estableciendo los períodos hábiles y limitaciones para la caza en la comunidad autónoma. 

 Fechas clave de la temporada de caza  

Media veda: del 15 de agosto al 6 de septiembre, salvo:

Paloma torcaz: del 21 de agosto al 6 de septiembre.

Conejo: hasta el 30 de septiembre.

Caza menor (perdiz roja, liebre y becada): del 1 de noviembre al 29 de enero.

Días hábiles para caza menor: martes, jueves, domingos y festivos, hasta las 15:00 horas.

Caza mayor (jabalí, corzo, ciervo): batidas del 7 de septiembre al 15 de febrero.

Reincorporación del lobo como especie cinegética  

El lobo podrá ser cazado en las modalidades de batida y rececho, tras la modificación de la Ley 2/2023 y la adaptación del Plan Técnico de la Reserva Cameros-Demanda.

 Modalidad de rececho  

Corzo macho: del 11 de abril al 14 de agosto.

Corzo hembra: del 15 de marzo al 30 de abril.

Ciervo: del 5 de septiembre al 8 de octubre.

Rececho de jabalí permitido junto al de corza.

 Normas técnicas y excepciones  

Solo se permiten armas largas rayadas de mínimo 6 mm.

Rifles semiautomáticos: máximo de dos cartuchos en el cargador.

Control poblacional excepcional en terrenos agrícolas mediante Agentes Auxiliares habilitados.

La temporada de caza comenzará el 15 de agosto, con la apertura de la media veda, que se podrá practicar los martes, jueves, sábado, domingos y festivos y que se prolongará hasta el 6 de septiembre para todas las especies autorizadas, excepto la paloma torcaz cuyo período comienza el 21 de agosto y finalizará el 6 de septiembre; y el conejo, cuyo cierre se realizará el martes 30 de septiembre.

Para la caza menor, el período hábil para cazar perdiz roja y liebre comprende del sábado 1 de noviembre de 2025 al jueves 29 de enero de 2026, y se limitará el número máximo de jornadas de caza de estas especies para mantener y potenciar sus poblaciones en función de cada terreno cinegético. 

En el caso de caza menor, en modalidad de salto y en mano, sólo se podrá practicar los martes, jueves, domingos y festivos desde la salida del sol hasta las 15 horas. El periodo hábil para la becada va del sábado 1 de noviembre al jueves 29 de enero del próximo año, con un límite de tres piezas y vistiendo prendas de alta visibilidad.

 Períodos y especies de caza mayor  

En cuanto a la caza mayor, los periodos de batidas se unifican para las tres especies, jabalí, corzo y ciervo y en la presente temporada irán del 7 de septiembre de 2025 al 15 de febrero de 2026 los sábados, domingos y festivos de ámbito estatal o autonómico.

En el caso del lobo, especie incluida de nuevo como cinegética tras la reciente modificación de la Ley 2/2023, de Biodiversidad y Patrimonio Natural de La Rioja, podrá autorizarse su caza tras la adaptación a esta situación del Plan Técnico de Caza de la Reserva Regional de Caza Cameros-Demanda, en las modalidades de batida y rececho y en las mismas condiciones que lo estuvo hasta la temporada 2021.

En la modalidad de rececho, las fechas varían para cada especie. La caza de corzo macho en esta modalidad podrá ser autorizada en esta campaña todos los días desde el 11 de abril al 14 de agosto. En el caso de rececho de corzo hembra para la temporada 2025-2026, el período se extiende del 15 de marzo al 30 de abril y podrá autorizarse su caza todos los días.

La caza de ciervo en rececho queda fijada desde el viernes 5 de septiembre hasta el miércoles 8 de octubre, ambos inclusive. Además, se ha incluido la caza del jabalí en los recechos de corza y se posibilita la repetición de los recechos de corza en los que no se haya capturado la pieza para incrementar los resultados. De hecho, en aquellos cotos que tengan aprobado su plan técnico, podrá ampliarse la validez del permiso hasta completarse el cupo de capturas establecido en el plan técnico.

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