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¿Puede legalmente un menor comprar un décimo de la Lotería de Navidad?

La ley les prohíbe jugar, pero sí podrían cobrar el premio a través de sus padres

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David G. Triadó
@davidgtriado

Responsable del área audiovisual y reportero multimedia

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 06:10

Los españoles compraron, de media, tres décimos de la Lotería de Navidad en 2021, según datos de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado. Sin embargo, no puede hacerlo todo el mundo: la participación de los menores de edad en este sorteo está vedada legalmente.

Así lo establece la Ley del Juego, que prohíbe la participación en este tipo de rifas a quienes tengan menos de dieciocho años o estén incapacitados legalmente. Lo explica Ángeles Pérez Vega, abogada del departamento de Derecho Civil de Montero Aramburu, que, además, añade que quien venda un décimo a una persona de la que tenga dudas sobre su mayoría de edad deberá cerciorarse de ello pidiéndole, por ejemplo, el DNI, “igual que se lo piden para venderle bebidas alcohólicas”.

De hecho, si una administración de lotería expide una participación en este u otro sorteo de los regulados en la Ley del Juego a un menor de edad, estará incurriendo en una infracción. Pérez Vega cuenta que será la Comisión Nacional del Juego el organismo que podrá ejercer esa potestad sancionadora y que, en este caso, podrá tratarse de “una multa de cien mil a un millón de euros y una suspensión de la actividad por un plazo máximo de seis meses”.

¿Y si compra un décimo a medias con un adulto?

En el supuesto de que el menor adquiriese una participación en la Lotería de Navidad junto con un adulto, la situación sería algo más compleja. La abogada apunta que el décimo “es un título al portador” y que, al ser obtenido por alguien que es mayor de edad, éste sí estaría capacitado tanto para comprarlo como para cobrar un posible premio.

La letrada asegura que, en este caso, sería recomendable que se formalizase un contrato entre ambos, donde el adulto "se obligase a entregar al menor la mitad del premio en el supuesto de que el décimo resultase premiado”.

Sea como fuere, no obstante, la abogada afirma que “la participación de los menores de cualquier forma en los juegos de azar como la Lotería debe evitarse”.

Donación de premios de padres a hijos

Una situación que puede darse es la de un padre -u otro familiar- que decide adquirir un décimo para jugar con su hijo, con el objetivo de cederle el importe económico de resultar premiado. Al ser el adulto quien compraría la participación y cobraría la eventual recompensa, no existiría impedimento legal alguno. Solamente habría que pagar los impuestos correspondientes al transferir el monto al descendiente, ya que se trataría de una donación.

Por otro lado, Pérez Vega alerta en este caso de un problema que puede surgir: si el progenitor falleciera antes de entregar el dinero a su vástago, el décimo premiado o su importe “formaría parte del haber hereditario” y “podría ser que no todo el premio llegase finalmente a ese menor”.

El menor con un décimo premiado

Si de cualquier modo un niño o un adolescente se ha hecho con una participación que resulta agraciada en el sorteo del 22 de diciembre, ¿podría cobrar ese dinero?

La abogada aclara que la adquisición del décimo por parte del menor, aun contraviniendo la prohibición legal, no sería nula, porque el Tribunal Supremo ha establecido que “no se considera un contrato nulo cuando la norma que se infringe en su celebración es de carácter administrativo”.

No obstante, esto no significa que la persona de menos de dieciocho años pueda cobrar el billete por sí mismo. “Serán sus padres, sus representantes legales, los encargados de administrar sus bienes, salvo que estén privados de la patria potestad”.

El dinero pertenecería a los hijos, aunque no podrían disponer del importe hasta alcanzar la mayoría de edad. En este sentido, Pérez Vega expone que los progenitores solamente podrían gestionar ese patrimonio y les estaría permitido emplear los frutos, como los intereses que se obtuviesen al depositar el dinero en una cuenta corriente, para hacer frente a las cargas familiares.

Además, los menores, al dejar de serlo, “podrán exigir a los padres una rendición de cuentas de la administración del monto obtenido” para asegurarse de que su dinero ha sido gestionado diligentemente.

¿Dónde se vende tu décimo favorito de la lotería de Navidad?

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