TRIBUNALES

El juez señala que la Ley Hipotecaria ampara las inmatriculaciones de la diócesis de Córdoba

El juez del Juzgado de Instrucción N. 6 de Córdoba ha acordado el archivo de las denuncias presentadas contra las  inmatriculaciones de la Diócesis de diferentes monumentos,  al resolver que los hechos denunciados carecen manifiestamente de contenido penal, dado que la inmatriculación de bienes inmuebles por parte de la Diócesis está amparada por la Ley Hipotecaria.

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La instrucción del caso concluye que "todas las inmatriculaciones se han realizado en cumplimiento estricto de la legalidad vigente y que han sido supervisadas por los registradores de la propiedad". En ningún caso -indica el auto- se puede suponer la comisión de delitos penales por parte de las autoridades, funcionarios o la Diócesis de Córdoba. En este sentido, el auto del juez señala que la Mezquita fue adquirida por la Diócesis mediante donación del rey Fernando III en el año 1236 y, desde entonces, ha sido poseida de manera pública pacífica y no interrumpida en concepto de dueño. Asimismo, en relación con el Triunfo de San Rafael, según la asesoria jurídica del Ayuntamiento de Córdoba, no existe ningun documento que acredite o sirva para acreditar que el monumento perteneció en algún momento histórico al Ayuntamiento de Códoba. Como se aclara en el auto, el simple hecho de que se utilicen servicios públicos en su limpieza o adecentamiento  no debe presuponer la titularidad de los bienes.

Visto en ABC

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