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Aclárate: conoce las claves de Madrid Central

El próximo 23 de noviembre entra en vigor una de las normativas ambientales más polémicas de los últimos tiempos en la capital

Cartel Madrid Central

 EFE

Tiempo de lectura: 4'Actualizado 05:22

El próximo 23 de noviembre entra en vigor una de las normativas ambientales más polémicas de los últimos tiempos en la capital. Se llama Madrid Central y va a prohibir la entrada a miles de vehículos a la conocida como "almendra central de la ciudad". Colegios, bares, comercios... están criticando duramente esta nueva normativa que, a muchos de ellos, les va a impedir actos tan habituales y necesarios como recoger a los niños de la escuela.

 

Esta área central agrupará las cuatro APR (Áreas de Prioridad Residencial) cubriendo al completo nuevos barrios como Justicia y Universidad. Además, no habrá calles de libre circulación, salvo algunos viales con objeto de permitir determinadas incorporaciones, y se eliminará el tráfico de paso por el centro de la ciudad. Los criterios de acceso y aparcamiento primarán a los residentes, las personas con movilidad reducida y los servicios públicos y profesionales, con la novedad de que también se tendrá en cuenta la tecnología del vehículo, según el el sistema de distintivos ambientales de la DGT que los clasifica en función de lo contaminantes que son.

Ante las múltiples dudas que está generando, desde COPE hemos decidido explicar brevemente las cuestiones que más os pueden interesar.

¿Qué zonas ocupa?

Madrid Central comprende casi todo el distrito Centro, y cuando se implante, las cuatro áreas de prioridad residencial existentes en la actualidad (Letras, Cortes, Embajadores y Ópera) se integrarán en una nueva Zona de Bajas Emisiones.

Comprende los barrios de:

  • Palacio
  • Embajadores
  • Cortes, Justicia
  • Universidad
  • Sol
Mapa Madrid Central
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El perímetro comprende las calles: Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover.

¿Quiénes pueden circular?

  • Los vehículos de las personas empadronadas podrán circular libremente por el interior de Madrid Central y estacionar en el SER en su barrio.

  • Los vehículos con etiqueta ambiental CERO emisiones podrán circular y estacionar en el SER sin restricción horaria.

  • Los vehículos con etiqueta ECO podrán entrar y estacionar en el SER un máximo de 2 horas.

  • Los vehículos con etiqueta B o C podrán acceder únicamente para aparcar en un aparcamiento de uso público, garaje privado o reserva, salvo que sean vehículos de invitados autorizados por los residentes, de PMR, de servicios esenciales, o bien servicios profesionales, con el horario y calendario que se detalla más adelante.

  • Los vehículos SIN etiqueta ambiental no podrán acceder, salvo que sean de residentes empadronados en Madrid Central, invitados de los mismos, PMR, servicios esenciales, titulares de plazas de garajes y servicios profesionales, de acuerdo con el horario y calendario que para.

¿Y las motos?

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  • Los que sean etiqueta ECO o CERO emisiones podrán acceder sin limitación horaria independientemente de quien sea el titular de las mismas.

  • Personas empadronadas en el Distrito Centro: se les permitirá el acceso de las motocicletas, ciclomotores y vehículos de 3 ruedas, con o sin etiqueta. En el momento en que entre en vigor el decreto de funcionamiento de Madrid Central, una vez que cambien de motocicleta, deberán hacerlo por otra que al menos tenga etiqueta B. En 2025 no se permitirá el acceso a los empadronados con motocicletas, ciclomotores o vehículos de 3 ruedas sin etiqueta salvo que estén matriculadas como vehículo histórico.

  • Las personas no empadronadas en el Distrito Centro podrán acceder y estacionar en Madrid Central con motocicletas, ciclomotores y vehículos de 3 ruedas cuya etiqueta sea B o C desde las 7:00 horas hasta las 22:00 horas.

¿Y si vienen visitas?

Las personas empadronadas y mayores de 16 años dispondrán de 20 invitaciones al mes. Estos vehículos invitados por los empadronados podrán acceder a Madrid Central y estacionar tanto en el SER (2 horas máximo) como en un aparcamiento sin límite de tiempo.

Los vehículos de invitados que no dispongan de etiqueta ambiental no podrán acceder a partir de 2020.

Otras alternativas

  • BiciMAD. El Ayuntamiento de Madrid favorece la movilidad cilcista ofreciendo el sistema de arrendamiento de bicicletas públicas BiciMAD, que cuenta con 57 estaciones y 1.425 anclajes para bicicletas.

  • Taxi. También se podrá acceder a través del servicio de taxi. La zona dispondrá de 27 reservas para taxis con un total de 112 plazas para facilitar el acceso al servicio.

  • Uber/Cabify. Los vehículos de transporte con conductor que dispongan de un servicio previamente contratado pueden acceder al área para recoger o llevar a un viajero a las calles de esa zona.

  • Vehículos de alquiler. Asimismo puede accederse en bicicleta, vehiculos de movilidad urbana, motos con etiqueta ambiental y vehículos de arrendamiento de corta duración como el carsharing, motosharing, y el bicisharing.


Beneficios medioambientales

En sus 472 hectáreas, se evitarán un 37% de los kilómetros recorridos actuales y un 40% de las emisiones de dióxido de nitrógeno (NO2), un contaminante que afecta a la salud y cuyos niveles incumplen la normativa desde 2010. Pero el beneficio de Madrid Central no es solo un aire más limpio, sino que también supondrá menos ruido y la liberación de espacio público para dar el protagonismo a las personas que viven y visitan el distrito en un entorno más acogedor y saludable.

Fases de entrada en vigor

  • El 23 de noviembre entrarán en vigor las normas de Madrid Central, con un control manual e informativo de accesos.

  • En una segunda fase, comenzará a controlarse por cámaras de tráfico con un periodo mínimo de dos meses en los que se enviarán cartas informativas con la infracción cometida para dar a conocer esta nueva zona de bajas emisiones.

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