Recogido en el Estatuto de los Trabajadores: tu empresa puede despedirte estando de baja laboral si se cumple este supuesto

Aunque blinda a los trabajadores en estas situaciones, existen casos en los que puedes ser despedido incluso durante una incapacidad temporal

Un experto alerta porque aumentan las bajas laborales

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Un médico valorando a un paciente

José Manuel Nieto

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3 min lectura

Cuando un trabajador se encuentra en baja médica, una de las dudas más repetidas es si la empresa puede llegar a despedirlo en esa situación. Durante años, el Estatuto de los Trabajadores permitió el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo, incluso justificadas, cuando se superaban ciertos porcentajes de ausencias. Esta medida se recogía en el artículo 52.d), pero fue derogada en febrero de 2020 tras la aprobación del Real Decreto-ley 4/2020, lo que eliminó de manera definitiva esta posibilidad.

En la práctica, esto significa que la baja laboral ya no puede ser utilizada como causa directa para extinguir un contrato. De hecho, como confirman diferentes tribunales, cualquier despido que tenga su origen real en la incapacidad temporal podría ser declarado nulo, con la consiguiente obligación de readmisión y abono de los salarios de tramitación. Sin embargo, esto no quiere decir que el despido en situación de baja sea imposible, siempre que existan otras causas legales que lo justifiquen.

Empleado sorprendido recibiendo la notificación de despido del jefe

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Empleado sorprendido recibiendo la notificación de despido del jefe

En este artículo de COPE puedes consultar cómo la Seguridad Social gestiona las situaciones de baja y qué derechos conserva el trabajador en materia de vacaciones.

En qué casos puede producirse

Actualmente, la incapacidad temporal no es causa de despido por sí sola, pero la ley contempla que la empresa puede extinguir el contrato si existen motivos distintos a la enfermedad. Entre ellos están las causas económicas, organizativas, técnicas o productivas, es decir, los supuestos de despido objetivo derivados de una crisis empresarial o de un expediente de regulación de empleo. También se permite el despido disciplinario, cuando el trabajador incurre en conductas graves como la desobediencia, la transgresión de la buena fe contractual o la reducción voluntaria y continuada del rendimiento.

Otra de las situaciones contempladas por la norma es la ineptitud sobrevenida, cuando el empleado desarrolla una enfermedad o limitación que le impide seguir desempeñando su puesto y la empresa no puede reubicarlo en otra función. En último término, el cierre definitivo de la compañía justifica la extinción del contrato incluso para aquellos trabajadores que se encuentren en incapacidad temporal.

Dolor de estómago, dolor abdominal, enfermedad digestiva

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Conviene subrayar que en ninguno de estos escenarios la baja médica puede figurar como causa en la carta de despido. Si la empresa lo hiciera, el trabajador podría reclamar, y el juez tendría base suficiente para declarar el despido nulo. En ese caso, el empleado debería ser readmitido de inmediato, con todos los derechos restablecidos.

En esta información de COPE puedes conocer más sobre los días de ausencia permitidos sin necesidad de solicitar la baja, un tema que sigue generando debate entre empresas y trabajadores.

Qué dicen la ley y la jurisprudencia

El Estatuto de los Trabajadores es claro tras la reforma de 2020: la enfermedad nunca puede ser la causa del despido. No obstante, el texto legal sí contempla que un trabajador de baja pueda ser despedido si concurren causas válidas y ajenas a esa incapacidad. Así lo han confirmado diferentes tribunales, que han anulado ceses donde la empresa intentaba disfrazar como causas objetivas lo que en realidad era un despido por enfermedad.

En cualquier caso, la jurisprudencia mantiene un equilibrio. Se protege al trabajador frente a un despido discriminatorio, pero también se reconoce que la empresa conserva la facultad de aplicar las normas generales de extinción del contrato. Esto implica que, en determinados casos, un despido durante la baja puede ser procedente siempre que la causa esté justificada.

El fenómeno del absentismo laboral, vinculado en ocasiones a las bajas médicas, también genera debate económico. En este audio de COPE se analiza cómo las ausencias suponen un lastre millonario para el sistema y para las empresas, aunque la protección legal del trabajador sigue siendo un pilar fundamental de la legislación española.

Con todo, la conclusión es clara: una baja laboral no es una excusa para perder el empleo, pero tampoco es un blindaje absoluto. El marco legal protege al trabajador frente a despidos injustos, aunque deja abierta la puerta a que, si concurren causas legítimas, el contrato pueda extinguirse incluso en esta situación.

Visto en ABC

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