Andrés Millán, abogado: "Una novedad en el BOE facilita la aprobación de la incapacidad permanente, redefine el concepto"

La reciente modificación del artículo 193 de la Ley de Seguridad Social agiliza los trámites para los solicitantes y evitará tener que llegar a juicio en muchos casos

Andrés Millán, abogado

TikTok: @lawtips

Andrés Millán, abogado

José Manuel Nieto

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Un [cambio legislativo] de gran alcance, introducido 'de refilón' en el Boletín Oficial del Estado (BOE) junto con la aprobación de la ley ELA, promete facilitar "muchísimo" los procesos para solicitar una incapacidad permanente. Así lo ha explicado el conocido abogado Andrés Millán, a través de un vídeo en su cuenta de TikTok @lawtips. La novedad se centra en la modificación del artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social, que redefine el propio concepto de incapacidad.

Un nuevo paradigma para la incapacidad

Hasta ahora, el proceso podía convertirse en una carrera de obstáculos burocráticos. Sin embargo, la nueva redacción del artículo introduce una excepción clave. Según explica Millán, "el requisito de haber estado sometido previamente al tratamiento prescrito podrá no ser exigible" en ciertos supuestos. Esto aplica cuando la patología, su estadío, evolución y gravedad "queden suficientemente objetivadas y sean previsiblemente definidas".

Ya no es necesario eternizar ningún tratamiento cuando es obvio que lo que tenemos es definitivo"

La modificación también establece que "tampoco será necesario que la incapacidad permanente derive de una situación de incapacidad temporal" en estos mismos supuestos. En la práctica, esto significa que "ya no es necesario eternizar una baja laboral, pasar por 1000 trámites y 1000 rollos cuando es obvio que la persona no puede volver a trabajar", subraya el letrado. Esta medida es especialmente relevante para quienes se preguntan por las enfermedades que pueden derivar en una incapacidad permanente.

Menos juicios y más agilidad administrativa

Andrés Millán destaca que este cambio normativo alinea la ley con la jurisprudencia que ya venían aplicando los tribunales. "Esto ya lo venían diciendo los tribunales en muchas ocasiones, pero muchas veces el tribunal médico, como no estaba escrito en ninguna ley, lo rechazaba y te hacía ir a juicio", comenta. La clave es que ahora el criterio está recogido por escrito en la ley, lo que otorga más fuerza a los solicitantes en la vía administrativa. Una situación que recuerda a otros debates sobre si es necesario esperar 18 meses para la solicitud.

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eugene barmin

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En muchas ocasiones ya no va a hacer falta ir a juicio después del Tribunal Médico"

La consecuencia directa, según el análisis del abogado, es una notable simplificación del proceso. "En muchas ocasiones ya no va a hacer falta ir a juicio después del Tribunal Médico porque ya está escrito en la ley", afirma Millán. Aunque en su despacho a menudo ganaban estos casos en los tribunales, el objetivo es siempre conseguir la incapacidad "de la manera óptima, más fácil y sin rollos posible". Este cambio, fruto de una "constante revisión del BOE", representa, en sus palabras, "muy buenas noticias" para miles de personas.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

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