"El Constitucional se inventa un nuevo derecho": un experto alerta de la decisión sobre la eutanasia de Noelia
El abogado Guillermo Morales analiza en 'Mediodía COPE' la decisión del Constitucional de rechazar el recurso del padre de Noelia contra su eutanasia

Madrid - Publicado el - Actualizado
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El caso de Noelia, una joven de 25 años que se quedó parapléjica en 2022 y que ha solicitado la eutanasia, ha puesto de nuevo el foco sobre los límites y la interpretación de la ley en España. Su situación ha sido analizada en el programa 'Mediodía COPE', presentado por Pilar García de la Granja, donde el abogado Guillermo Morales, experto en Derecho Constitucional y Derechos Humanos, ha explicado las claves de la reciente decisión del Tribunal Constitucional, que ha rechazado el recurso de amparo del padre de la joven para frenar el procedimiento. Desde que la ley de eutanasia entró en vigor en junio de 2021, un total de 426 personas la han recibido en nuestro país, según los últimos datos del Ministerio de Sanidad.
Un revés al derecho a la vida
El principal argumento del Tribunal Constitucional para inadmitir el recurso del padre de Noelia, según ha explicado Guillermo Morales en la antena de COPE, es la "manifiesta inexistencia y vulneración de un derecho fundamental amparable". En palabras del experto, esto se traduce en una conclusión sorprendente por parte del alto tribunal: "Ojo del tribunal, que el derecho a la vida no se ve afectado por resolver positivamente la solicitud de la eutanasia". Morales, asesor de ADF Internacional, ha calificado esta afirmación de "muy sorprendente", ya que se está hablando de practicar una eutanasia.
El abogado ha recordado que el derecho a la vida tiene dos facetas: el derecho a repeler ataques contra la propia vida y, también, las obligaciones positivas que tiene el Estado de protegerte. Para ilustrarlo, ha mencionado medidas como el teléfono 024 contra el suicidio, el cierre de ventanas en hospitales materno-infantiles para proteger a madres con depresión posparto o la retirada de cinturones a los presos. "Hay muchas medidas, digamos, de protección positiva de los poderes públicos, ya sea en un hospital, en una prisión, para evitar, digamos, ese tipo de conductas contra la propia vida de uno mismo", ha subrayado.
Un nuevo "derecho a morir"
Esta protección de la vida por parte del Estado era una doctrina que el Tribunal Constitucional "tenía claro hasta la ley de la eutanasia y la sentencia del año 2023". Morales ha rememorado casos de los años 90, como el de los presos de los GRAPO en huelga de hambre, donde el tribunal sentenció de forma clara que "no es posible admitir que la Constitución garantice en su artículo 15 el derecho a la propia muerte". Sin embargo, esta doctrina ha cambiado radicalmente.
Con la nueva ley, el Constitucional "se inventa un nuevo derecho", en palabras de Morales, que ha definido como "el derecho de autodeterminación respecto a la propia muerte en contextos eutanásicos". Lo más sorprendente, según el experto, es que este nuevo derecho se deduce del mismo derecho a la vida y la integridad física. "Es una transmutación de los valores, una transmutación de qué significa el derecho la vida", ha afirmado. Ahora, la obligación positiva del Estado de proteger la vida se transforma en un derecho a pedir ayuda a terceros para acabar con ella en determinadas circunstancias.
¿Qué es un "contexto eutanásico"?
Guillermo Morales ha detallado qué define la ley como un "contexto eutanásico". El artículo 5.1.d de la ley habla de "sufrimientos constantes e insoportables sin posibilidad de alivio, que la persona considere tolerable, con un pronóstico de vida limitado, en un contexto de fragilidad progresiva". El problema, según el abogado, es que muchos de estos conceptos "están sujetos a interpretación", lo que ha provocado una aplicación variable por parte de los tribunales.
Inicialmente no estaba claro si se incluirían sufrimientos exclusivamente psiquiátricos, pero ya existen sentencias que lo avalan. Además, la ley no se limita a pacientes terminales, sino que los pacientes no terminales también tienen derecho a acceder a ella. "De momento, el único límite que tenemos, y hay una sentencia en el TSJ de Navarra que lo dice muy claro, es que una persona no puede solicitar la eutanasia simplemente por el hecho de estar cansado de vivir", ha concluido el especialista, dejando en el aire la evolución futura de la interpretación de la norma y el desenlace final del caso de Noelia.
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