Hernández Galilea, profesor de Derecho Procesal, sobre el jurado popular: "Hay mecanismos para evitar que un miembro influya sobre el resto"

La propuesta del juez Peinado de que Begoña Gómez sea juzgada por un tribunal popular pone el foco sobre esta figura y los delitos que le competen, como la malversación de caudales públicos

Palacio de Justicia de Gijón
00:00
COPE Gijón

Palacio de Justicia de Gijón

Marcos Martín

Asturias - Publicado el

2 min lectura

La propuesta del juez Juan Carlos Peinado de que sea un tribunal popular el que juzgue a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha situado en el centro del debate una figura jurídica tan controvertida como fundamental en el sistema español: el jurado popular. 

Esta institución, concebida como un pilar para "la participación de los ciudadanos en la justicia", según explica el profesor de Derecho Procesal de la Universidad de Oviedo, Jesús Miguel Hernández Galilea, suscita una "eterna discusión" sobre su idoneidad y alcance.

Qué delitos juzga un tribunal popular

La Ley del Tribunal del Jurado, aprobada en 1995 para dar cumplimiento al mandato de la Constitución de 1978, establece una lista cerrada de delitos que deben ser juzgados por ciudadanos. Entre ellos se encuentran el homicidio, el allanamiento de morada, las amenazas, el cohecho, el tráfico de influencias y, de manera relevante para el caso que afecta a la esposa del presidente, la malversación de caudales públicos.

El presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez y su mujer, Begoña Gómez durante la cena oficial a los participantes en la IV Conferencia Internacional para el Desarrollo de Sevilla, este lunes en Palacio de las Dueñas

EFE

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su esposa, Begoña Gómez

Según Hernández Galilea, la selección de estos delitos no es casual. En el caso del homicidio, por ejemplo, argumenta que "es un tipo delictivo que, en principio, no requiere grandes conocimientos para apreciar los hechos". 

La ley, además, incorpora "mecanismos de seguridad" para asegurar que su intervención sea adecuada. Estos filtros procesales buscan que no se sometan a su veredicto causas de especial complejidad.

Son tipos delictivos que, en principio, no requieren grandes conocimientos para apreciar los hechos"

Jesús Miguel Hernández Galilea

Profesor de Derecho Procesal de la Universidad de Oviedo

Un jurado de 'legos' en Derecho

Una de las características esenciales del jurado es que sus miembros no deben tener conocimientos jurídicos. De hecho, ser un profesional en activo del ámbito legal es una incompatibilidad. "Todo lo contrario", subraya el profesor, quien aclara que en el jurado no puede haber "abogados, procuradores, jueces, fiscales o funcionarios de Instituciones Penitenciarias", ni tampoco miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad. El fin es claro: "Evitar que una persona con conocimientos judiciales pueda influenciar al resto de miembros del jurado".

Universidad de Oviedo

Fachada con el escudo de la Universidad de Oviedo

Cualquier español mayor de edad y sin antecedentes penales puede ser convocado por sorteo. Existen causas para excusarse, como ser mayor de 65 años, tener una discapacidad, cargas familiares relevantes o haber participado en otro jurado en los cuatro años anteriores. Una vez constituido, el tribunal, formado por nueve titulares y dos suplentes, debe alcanzar un veredicto sobre los hechos probados, no sobre la pena.

El juez está vinculado por el veredicto del jurado"

Jesús Miguel Hernández Galilea

Profesor de Derecho Procesal de la Universidad de Oviedo

El funcionamiento del jurado en España se basa en un cuestionario sobre los hechos. 

Para declarar un hecho probado en contra del acusado se necesita una mayoría cualificada de siete votos, mientras que para los hechos favorables basta con una mayoría simple de cinco

Es este veredicto el que determina la sentencia. Como concluye Hernández Galilea, "el juez dicta la sentencia e impone la pena, pero es el jurado el que decide si se condena o no", un matiz que lo aleja de la imagen cinematográfica de los jurados anglosajones.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

Herrera en COPE

Herrera en COPE

Con Carlos Herrera

Lunes a viernes de 06:00h a 13:00h

Programas

Último boletín

10:00 H | 29 SEP 2025 | BOLETÍN

Boletines COPE
Tracking