Violeta García, abogada: "Lo que mucha gente no sabe es que si okupan tu segunda vivienda, la policía puede hacer lo mismo que con la primera"
Cataluña es la comunidad autónoma que acumula más denuncias por okupación, seguida de Andalucía, Comunidad Valenciana y Madrid

Interior y dormitorio de una casa okupada
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En 2024, se produjeron 16.426 denuncias por allanamiento u okupación en España, una cifra que supone un aumento respecto a las 15.289 del 2023.
Estos datos, procedentes de Policía Nacional, Guardia Civil y policías autonómicas y locales, muestran un cambio en la tendencia que venía sucediendo desde 2022, cuando hubo un descenso respecto al mismo periodo del año previo, lo mismo que ocurría con 2023.
Por regiones, Cataluña es la comunidad autónoma que acumula más denuncias, seguida de Andalucía, Comunidad Valenciana y Madrid.

okupa
allanamiento vs okupación
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Para entender este fenómeno que está en aumento en España es esencial diferenciar los conceptos okupación y allanamiento y, al mismo tiempo, tener claro que ocurre con una primera vivienda, con la segunda y con otras adicionales.
La abogada Violeta García ha explicado estos conceptos en un vídeo que ha compartido en su cuenta de TikTok, que acumula más de 20.000 visitas.
"¿Qué pasa si okupan la casa donde yo vivo o si okupan mi segunda vivienda, como mi casa del pueblo o de la playa? Es una de las mayores dudas que le surgen a todo el mundo cuando hablamos del tema de la okupación en España y os lo voy a resumir muchísimo", comienza explicando la joven en el vídeo.
residencia habitual
El primer punto a tener en cuenta es que tu casa, en la que vives de forma habitual, "no te la pueden okupar porque es un allanamiento de morada". Esto se debe a que "no es lo mismo el delito de okupación, que se llama usurpación, que el de allanamiento. Este segundo es mucho más grave porque está vulnerando la intimidad de las personas"
Es decir, "están entrando en tu hogar, donde tú tienes tu vida íntima. Y, por tanto, la policía puede entrar directamente y echarles".

Policía Nacional
segundas viviendas
Tras recordar esto, la abogada pone el foco en las segundas viviendas y en algo que "mucha gente no sabe". Tu segunda vivienda también se considera morada.
"Esto quiere decir que si okupan esa casa, si entra gente a esa segunda vivienda también se considera un allanamiento y la policía también puede entrar porque también se considera que tienes aquí tu vida íntima, tienes allí tus fotos, tu ropa, vas allí los fines de semana y, por lo tanto, están vulnerando tu intimidad", explica García.
¿cuándo se considera okupación?
Tras distinguir estos dos casos, la joven explica cuándo se considera okupación. Según su criterio, como abogada, "realmente es cuando tienes otros pisos más que utilizas, por ejemplo para alquilar, o que están vacíos, o que no vas nunca, y no se considera un delito de allanamiento porque no están vulnerando tu intimidad".
Es decir, "se considera un delito de usurpación de bienes inmuebles que es la okupación que conocemos todos". En estos casos es cuando resulta más complicado echar a la persona o grupo de personas que ha entrado. La policía no puede actuar en las primeras horas, el procedimiento es más largo y puede prolongarse durante meses, e incluso años en el tiempo hasta que consigues recuperar la que era tu vivienda.