Análisis en La Mañana de Expósito

"El juez confirma la existencia de indicios contra Chaves y Griñán"

Griñán y Chaves. Foto PSOE

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Tal y como explica el profesor de Derecho Procesal de la UCM, Jesús Zarzalejos, que detalla que significa la imputación de los ex Presidentes de Andalucía y que va a pasar a partir de ahora.

Y no hay nada mejor para comenzar a entender que les espera, en el ámbito procesal, a Manuel Chaves y José Antonio Griñán que  distinguiendo que estar imputado no es ser acusado, la acusación corresponde al Ministerio Fiscal y a las acusaciones populares personadas, y al abogado defender. Al juez le corresponde imputar, al Fiscal y a los acusadores, acusar y a la defensa, defender. Ese es el reparto de papeles en el proceso penal español.Chaves y Griñán ¿están imputados o no? "Su situación procesal es de imputados pero lo que no tienen todavía es la imputación formal, porque no es el momento, que se la reservará el juez de instrucción para el final de la investigación pero antes tendría que solicitar el suplicatorio pero su situación procesal es de imputados por eso acudirán a declarar  asitidos de abogado y lo primero que les dirá el instructor es que tienen derecho a guardar silencio y a no declarar".Chaves y Griñán aseguran que habían pedido voluntariamente ir a declarar y que la única manera de hacerlo es de esta forma, ¿es verdad? "En España no existe la autoimputación en el sentido de que uno decide cuando va a declarar o no como imputado, eso lo decide el juez de instrucción y eso es lo que ha sucedido. El juez de instrucción ha valorado los indicios que ya venían valorados previamente por la Sala de Admisión del Tribunal Supremo, por un informe favorable del fiscal e incluso por la exposición razonada de la juez Alaya, esto tiene bastante trabajo hecho".¿Ser citado para declarar como imputado implica ser sospechoso? "Evidentemente, uno no va a declarar como imputado si no hay unos indicios que luego se van consolidando o disipando pero al menos sobre el papel hay unos indicios suficientes como para que te llamen con esa calidad y te ofrezcan las garantías propias del imputado que es asistir con abogado y con la posibilidad de guardar silencio o contestar a las preguntas que quiera contestar".¿Por qué el juez les cita a declarar con una providencia? "La providencia es el tipo de resolución con la que normalmente se llama a declarar como imputado a una persona porque realmente la citación a declarar como imputado no contiene una decisión formal de imputación. A la vista de lo que narra la juez Alaya en la exposición razonada más el informe del fiscal, el juez, sin hacer valoraciones de fondo, se limita a pedir que comparezcan a declarar como imputados. En esa misma providencia, también se acuerdan determinadas diligencias de investigación que son muy relevantes. El contenido de la instrucción está en esa providencia, informes a la Intervención General de la Administración del Estado, documentación que se ha solicitado a la Junta de Andalucía y la declaración como imputados de estos cindo aforados".¿Cambia la situación de estos cinco imputados, Chaves y Griñán, porque ellos dicen que no ha cambiado nada? "Claro que ha cambiado han sido citados a declarar como imputados, el juez confirma la existencia de  indicios contra ellos".¿Cuándo se pedirá el suplicatorio a las cámaras? "Lo tiene que solicitar la Sala Segunda del Tribunal Supremo antes de dictar el auto de imputación. El art. 71 de la Constitución exige el suplicatorio, la autorización previa de las cámaras, antes de que se dirija el procedimiento contra los aforados y eso se hace con el auto de imputación que es el que pone fin a la instrucción"

Visto en ABC

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