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El Gobierno, obligado por la Ley a desvelar los expertos que deciden las fases del desconfinamiento

La Ley de Transparencia (artículo 13) y la Ley General de Salud Pública (artículo 11) obligan a hacer pública la composición de los comités que evalúen acciones

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PP y Vox han exigido este jueves al Gobierno que identifique a la docena de expertos del Ministerio de Sanidad que se encargarán de valorar junto con los responsables de salud pública de las Comunidad Autónomas qué provincias, islas u otras áreas geográficas cumplen o no los requisitos para avanzar en la relajación de las restricciones impuestas por el estado de alarma, como prevé el plan de transición por fases diseñado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez.

"La sociedad tiene derecho a saber quién conforma ese comité científico. No es de recibo que nos digan que es algo secreto", denunció la portavoz 'popular' en la Comisión de Sanidad, Cuca Gamarra, durante la comparecencia semanal del ministro Salvador Illa, a quien advirtió de que está obligado por ley a hacer públicos estos nombres. La diputada citó en concreto la Ley de Transparencia (artículo 13) y la Ley General de Salud Pública que, en su artículo 11, dice que es obligatorio hacer pública la composición de los comités que evalúen acciones.

También el representante de Vox Juan Luis Steegmann reclamó "luz y taquígrafas" al respecto y que ese comité y sus decisiones sean públicos, como ocurre en Francia. Los españoles tienen derecho a conocer el currículo de estas personas, para que puedan colegir si su futuro está o no "en buenas manos". Y es que Steegman indicó que sólo se conoce a tres de ellos porque firmaron unos informes técnicos y eran "tres residentes de Medicina Preventiva, dos de ellos con una encomienda a la empresa Tragsatec". "¿El paso a una nueva era va a ser a través de unos expertos encapuchados?", se preguntó

Pese a la petición de información de los diputados, Illa no aportó ningún nombre y señaló que en la Administración pública la responsabilidad recae en los altos cargos, que son los que en última instancia van a emitir los informes correspondientes. Tampoco quiso hacerlo el miércoles el director del Centro de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, cuando se le preguntó en rueda de prensa y rechazó identificarlos para que "puedan trabajar con la suficiente libertad" y evitar presiones por parte de "la sociedad" y de "los medios de comunicación".

La legislación española señala que debe ser de conocimiento general la composición de los comités que estudian y recomiendan acciones de salud pública. La Ley General de Salud Pública, en su artículo 11, dice lo siguiente: "Será pública la composición de los comités o grupos que evalúen acciones o realicen recomendaciones de salud pública, los procedimientos de selección, la declaración de intereses de los intervinientes, así como los dictámenes y documentos relevantes, salvo las limitaciones previstas por la normativa vigente".

Dichas limitaciones, según los artículos 14 y 15 de la Ley de Transparencia del año 2013, sólo recogerían la posibilidad de que esa información "suponga un perjuicio para la seguridad nacional, la defensa, la seguridad pública, los intereses económicos y comerciales" o porque contenga "datos personales que revelen la ideología, afiliación sindical, religión o creencias" de los miembros, una circunstancia que no se da en este caso.

Por otra parte, la Ley de Transparencia también habla de las "obligaciones de publicidad activa" que tienen los miembros de la Administración "para las funciones que desarrollan, la normativa que se les aplica y su estructura organizativa". En su artículo 6 especifica además que se deberá incluir "un organigrama que identifique a los responsables de los diferentes órganos y su perfil y su trayectoria profesional".

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