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La Audiencia Nacional rechaza la entrada en prisión del excomisario Villarejo como pedía Anticorrupción

El tribunal le deja en libertad con medidas cautelares. Villarejo fue condenado a 19 años por el caso Tándem

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Agencia EFE| Audio: Patricia Rosety, jefa de Tribunales de la Cadena COPE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:37

El tribunal de la Audiencia Nacional que ha condenado al comisario jubilado José Manuel Villarejo a 19 años de cárcel por el caso Tándem ha decidido dejarle en libertad con medidas cautelares al no apreciar riesgo de fuga, como ha alegado la Fiscalía Anticorrupción al pedir su ingreso en prisión.

Tras la celebración este lunes de la vistilla solicitada por la Fiscalía para pedir la prisión para Villarejo y su socio Rafael Redondo, condenado a 13 años de cárcel, el tribunal ha dejado a ambos marcharse a su casa hasta que adopte la decisión, lo que ha sido interpretado ya en ese momento como una señal de que iban a quedar en libertad.

Medidas cautelares

En un auto dictado horas después, los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala Penal deciden dejarles libres con la obligación de comparecer en el juzgado más próximo a su domicilio cada quince días y también ante la Audiencia siempre que fueran requeridos, así como con la prohibición de salir del territorio nacional, retirada de pasaporte y comunicación de cualquier cambio de domicilio.

La Sala considera que no solo se requiere para acordar el ingreso en prisión la existencia de una condena elevada, sino que esta debe ir acompañada de circunstancias adversas que evidencien un riesgo de fuga.

Y en este caso señala que Villarejo estuvo en prisión desde el 3 de noviembre de 2017 hasta el 10 de febrero de 2020, que ha atendido a todos los llamamientos judiciales y ha comparecido a todas las sesiones del juicio menos aquellas en las que se autorizó su ausencia.

Apunta, además, que se personó sin demora en la Secretaría del Tribunal para que se le notificara el pasado jueves la sentencia a pesar de que era conocedor del fallo condenatorio, que aún no es firme, ya que cabe recurso ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo.

El fallo aún no es firme

La Audiencia explica que Villarejo ha sido condenado a 19 años de prisión, pero no lo fue en virtud de un delito de extrema gravedad merecedor de tan severa sanción punitiva, si no que esa condena resulta de la adición de penas impuestas por delitos de encubrimiento y revelación de secretos de empresa y particulares (cuatro) y falsedad en documento mercantil (dos).

"El solo dato de las elevadas penas impuestas no conlleva una justificación autónoma suficiente para determinar la legitimidad de la adopción de esta medida, debiendo de apreciarse en conjunción con los demás requisitos, no bastando con atender solo a la gravedad de la pena concretamente impuesta", afirma el auto, haciendo referencia a la doctrina del TC en este sentido.

En el caso de Redondo, los magistrados tienen igualmente en cuenta que estuvo en prisión desde el 3 de noviembre de 2017 hasta el 14 de septiembre de 2018, que ha atendido los llamamientos del Tribunal y que ha comparecido a las sesiones del juicio oral salvo una que se le autorizó por fallecimiento de su padre.

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