José Ramón López, abogado: "El contrato de alquiler no tiene que ser anterior a 2015 para ahorrarse más de 1.200 euros en la Renta, depende de dónde apliques la deducción; es tu derecho"
Muchos contribuyentes pierden cientos de euros al no aplicarse la deducción autonómica por alquiler en la Renta debido a una creencia errónea

José Ramón López Martínez en una captura de @tu_blog_fiscal
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Si vives de alquiler es posible que estés perdiendo dinero en impuestos. Esta es la advertencia que ha lanzado el abogado José Ramón López Martínez, conocido en redes sociales como tu_blog_fiscal, quien explica que muchos inquilinos contribuyentes no se aplican la deducción autonómica por alquiler en su declaración de la Renta, perdiendo así la oportunidad de recuperar una suma importante de dinero.
Deducción estatal frente a autonómica
El principal error, según López Martínez, es la creencia extendida de que el contrato de alquiler debe ser anterior a 2015 para poder beneficiarse de una deducción.
"Hay 2 tipos de deducciones del alquiler, la que es estatal, que esta sí que el contrato tiene que ser anterior a 2015, y la que es autonómica, que aquí cada comunidad autónoma pone sus propias reglas", ha aclarado el abogado.
Esta confusión provoca que muchos inquilinos con contratos recientes ni siquiera intenten aplicarse el beneficio fiscal que les corresponde.
Hay 2 tipos de deducciones del alquiler, la que es estatal, que esta sí que el contrato tiene que ser anterior a 2015, y la que es autonómica"
Abogado
Un caso real: 900 euros recuperados
El abogado ha expuesto un caso real para ilustrar el impacto de este desconocimiento. Un cliente ha conseguido que la Agencia Tributaria le devuelva un total de 900 euros.
"Hemos recuperado 300 euros correspondientes a 2020, otros 300 a 2021 y otros 300 a 2022 de la deducción del alquiler que no se aplicó", detalla el experto fiscal.
Las cuantías de la deducción autonómica varían notablemente según el territorio.
Mientras que en comunidades como Cataluña la deducción es de 300 euros, en otras como Madrid puede superar los 1.000 euros anuales, lo que subraya la importancia de que los inquilinos consulten la normativa específica de su comunidad autónoma para no perder este beneficio fiscal.

Una mujer mira el escaparate de una inmobiliaria
el requisito clave para acceder al nuevo aval del alquiler
Por otro lado, en el contexto del alquiler también ha noticias que interesan a los propietarios. A finales de 2025 conocíamos que Gobierno había aprobado un nuevo aval público para los propietarios de viviendas en alquiler, una medida diseñada para cubrir posibles impagos de la renta.
Esta iniciativa, regulada por un real decreto, tiene como objetivo facilitar el acceso a la vivienda a los jóvenes menores de 35 años y a las personas vulnerables.
Los beneficiarios directos de esta cobertura son los arrendadores, quienes deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Además, para optar al aval, es necesario que firmen un contrato con los colectivos mencionados, depositen la fianza legal obligatoria y suscriban un compromiso específico sobre el aval con el inquilino.
La condición más importante es que la renta del alquiler no supere el índice estatal de referencia de precios.
La cobertura del aval se limita a los impagos de las mensualidades, así como a los posibles daños en la vivienda o al coste de los suministros pendientes de pago.

Una inmobiliaria anuncia un piso en alquiler
Cómo consultar el índice de precios
Para facilitar la consulta, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha habilitado una página web. A través del portal del Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda (SERPAVI), cualquier persona puede introducir la referencia catastral o la dirección completa del inmueble.
Si el sistema cuenta con datos suficientes, mostrará una ficha con una renta mínima y una máxima de referencia. Por ejemplo, para un piso de 80 metros cuadrados en el barrio de Tetuán (Madrid), el rango se sitúa entre 787,98 y 1.064,98 euros. Si el propietario lo alquilara por 1.400 euros, quedaría excluido de la medida.
Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.






