Eduardo Polo Arias, experto en derecho laboral: "Nunca firmes tu baja voluntaria si te obliga la empresa, te quita el derecho a cobrar el paro"
Firmar este documento cuando es la empresa la que quiere finalizar el contrato puede tener graves consecuencias para tu bolsillo al anular el derecho a prestación

Eduardo Polo Arias, experto en RRHH
Publicado el - Actualizado
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A la hora de finalizar una relación laboral, existen múltiples formas de hacerlo, pero no todas son transparentes ni beneficiosas para el trabajador. Conocer de antemano los posibles escenarios puede evitar consecuencias económicas graves.
Una de las situaciones más perjudiciales es cuando una empresa presiona a un empleado para que firme una baja voluntaria, una práctica sobre la que advierte Eduardo Polo Arias, experto en RRHH y derecho laboral, ya que anula completamente el derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Un despido encubierto
El experto se ha hecho eco en su cuenta de Instagram del caso de una joven a la que obligaron a renunciar. La trabajadora relata que, como era joven y no tenía experiencia, aceptó y terminó firmando su renuncia en un trabajo del que realmente la habían echado.
Según explica Polo, la joven fue contratada para una jornada de cuatro horas, pero la carga de trabajo real ascendía a ocho o nueve horas diarias.
Cuando la empleada comunicó que no podía mantener esa jornada extendida porque tenía otras actividades, la empresa le trasladó su descontento.
La jefa le indicó que no estaban satisfechos con su desempeño, ya que "no está sacando el trabajo y porque no se queda el mismo tiempo que el resto de sus compañeros". Acto seguido, le comunicaron que tendría que irse de la empresa y le presentaron un documento de baja voluntaria.

Dos mujeres trabajadoras de una empresa
Nunca firméis vuestra baja voluntaria porque os lo diga la empresa
La principal razón que le dieron para justificar la firma de la baja voluntaria fue que "lleva poco tiempo en la empresa". Ante esto, el experto en derecho laboral es tajante: "Nunca firméis vuestra baja voluntaria porque os lo diga la empresa. La baja voluntaria la firmáis si vosotros queréis iros, cosa que nunca recomiendo, pero jamás veros obligados".
Polo Arias insiste en no ceder ante este tipo de situaciones. "A no ser que os pongan una pistola en la cabeza no firméis", afirma, y añade que si un trabajador se siente muy presionado, debe "demandad después y anular ese documento porque habéis firmado bajo coacción".

Una mujer habla con un altavoz a otra
Sin derecho a paro
La razón fundamental para no firmar es que una baja voluntaria "quita el derecho de cobrar el paro". Si la empresa no está conforme con el trabajo de un empleado, tiene dos opciones legales que no perjudican al trabajador de cara a la prestación por desempleo: ejecutar "una no superación de periodo de prueba, que no quita el derecho a paro, o el despido", aclara el experto.
La baja voluntaria quita el derecho de cobrar el paro
Al tratarse de una decisión del empleado, la baja voluntaria no da derecho a indemnización ni a solicitar el paro. El Ministerio de Trabajo recuerda que "el sistema de protección por desempleo protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar, pero carecen de empleo", situación que no se aplica a quien renuncia a su puesto.
Además, el ministerio aclara que si una persona empieza en una nueva empresa tras una baja voluntaria y no supera el periodo de prueba por decisión del empresario antes de que transcurran tres meses desde el cese voluntario, tampoco tendrá derecho a la prestación. Sí podrá percibirla si el cese se debe a otro motivo, como la finalización del contrato.
La baja voluntaria como derecho
La baja voluntaria es un derecho del trabajador contemplado en el artículo 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, no debe confundirse con el abandono del puesto de trabajo. La diferencia clave es que en la baja voluntaria se comunica la decisión a la empresa, mientras que en el abandono no hay notificación.
Legalmente no se exige una forma concreta para comunicarla, pero los expertos de conceptosjuridicos.com recomiendan hacerlo por escrito para que quede constancia.
Lo ideal es entregar un escrito por duplicado para obtener una copia sellada. En el documento deben figurar la intención de dejar el puesto y la fecha efectiva, respetando el plazo de preaviso que suelen fijar los convenios en unos 15 días.
No cumplir con el preaviso puede llevar a que la empresa "pueda descontar del finiquito los días que falten".
Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.







