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Declaración de la Renta de 2022: cuáles son las novedades, quién la tiene que presentar y otras dudas

La campaña de la Renta de 2022 arranca el 11 de abril y dura hasta el 30 de junio

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Claudia CidMadrid

Tiempo de lectura: 4'Actualizado 07:50

El próximo 11 de abril comienza la Campaña de la Renta y Patrimonio de los ingresos obtenidos en 2022 con la presentación de las declaraciones por Internet, y se prolongará hasta el 30 de junio. Desde el 5 de mayo y hasta el final se podrá presentar por teléfono y entre el 1 y 30 de junio, coincidiendo con el periodo ordinario de la campaña, los contribuyentes podrán presentarla presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Novedades para la Declaración de la Renta de 2022

Este año hay que tener en cuenta algunas novedades como que las aportaciones deducibles a los planes de pensiones privados se reducen de 2.000 a 1.500 euros, pero los de empresa suben de los 8.000 a los 8.500 euros. Entre ambas, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales. Las diferentes modificaciones en las escalas del gravamen del IRPF por comunidades también serán diferentes para esta campaña.

Las obras de rehabilitación por eficiencia energética serán deducibles y pueden suponer un ahorro fiscal de hasta 3.000 euros. En COPE hemos hablado con Antonio Paredes, experto tributario del sindicato de los técnicos de Hacienda (Gestha), quien ha explicado que “en los casos de edificios estas deducciones pueden ir hasta los 9.000 euros, repartidos en varios años”.

La incorporación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunases otra novedad este año. Este impuesto es complementario al Impuesto sobre el Patrimonio y grava con una cuota adicional todos los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a lo 3 millones de euros.




¿Quién tiene que presentar la Declaración de la Renta?

No todos los contribuyentes están obligados a presentar la declaración de la Renta porque no llegan a determinados niveles que la Agencia Tributaria no considera suficientes como para que sea obligatorio.

  • Los contribuyentes que perciban rentas del trabajo inferiores a 14.000 euros anuales, sin tener en cuenta el número de pagadores, no tendrán que presentar la declaración.

  • Los contribuyentes que tengan un pagador y presentes rentas entre los 14.000 y 22.000 euros anuales no tendrán que hacer la declaración.

  • Los contribuyentes que tengan más de un pagador y presenten rentas entre los 14.000 y 22.000 euros anuales solo tendrán que presentarla en el caso de que de los sucesivos pagadores perciban al menos más de 1.500 euros.

  • Todos los contribuyentes que perciban rentas del trabajo superiores a 22.000 euros anuales si tendrán que presentar la declaración de la renta.

¿Qué aspectos hay que tener en cuenta a la hora de presentar la Declaración?

Tanto los ERTE como las prestaciones por desempleo, ya sea paro o subsidio, tributan como rendimiento de trabajo y, por lo tanto, debe incluirse en la declaración de la renta. También hay que incluir si ha habidocompra o venta de inmuebles; la situación civil: boda o divorcio; si se han tenido hijos; las pensiones compensatorias o pensiones de alimentos; y también la deducción por adquisición de vivienda habitual.

¿Cuáles son las multas por no presentar la declaración?

Las multas por no presentar la declaración de la renta van desde los 100 euros hasta el doble de lo que deberías a Hacienda.

  • Si no se presenta la declaración y sale a devolver o a cero, pero es el contribuyente el que informa del error a la Agencia Tributaria, se le ingresará la cantidad correspondiente, pero se aplicará una multa de 100 euros.
  • Si es la Agencia Tributaria quien detecta que no se ha entregado el borrador, pero la declaración sale a devolver o a cero, también se ingresará la cantidad correspondiente, pero la multa a aplicar será de 200 euros.
  • Si el resultado de la declaración de la renta es a pagar y es el ciudadano el que informa de que no la ha presentado a la Agencia Tributaria, se aplicará un recargo sobre la cuantía a pagar. Y si se demora en el pago de la multa se aplicará intereses de demora.
  • Hasta 3 meses. Recargo del 5% sin intereses
  • Hasta 6 meses. Recargo del 10% sin intereses.
  • Hasta 12 meses. Recargo del 15% sin intereses.
  • Más de 12 meses. Recargo del 20% y un 5% de intereses de demora.
  • Si es Hacienda la que detecta que no se ha entregado el borrador y sale a pagar, se notificará al ciudadano que debe presentar la declaración y una vez presentada se aplicará una multa que irá desde el 50% hasta el 150% de la cantidad a pagar

¿Cuánto puedo deducir por hijo?

Existen ciertas ventajas en la tributación al tener hijos. Según el número que tengas puedes deducir una cantidad u otra:

  • 2.400 euros por el primer hijo.
  • 2.700 euros por el segundo hijo
  • 4.000 euros por el tercer hijo
  • 4.500 euros por el cuarto hijo y los siguientes.

Con carácter general, la edad máxima para poner a tus hijos en el IRPF es de 25 años. Si el hijo es menor de 18 años, forma parte de la unidad familiar y esas rentas deben declararlas los padres. Los descendientes mayores de 18 años y menores de 25 se pueden incluir en la declaración siempre y cuando convivan con el contribuyente y no hayan obtenido rentas superiores a 8.000 euros y que el hijo no presente su propia declaración con rentas superiores a 1.800 euros.

Cambios en los Presupuestos Generales del Estado que se tendrán en cuenta en la Declaración de 2023

Entre las principales novedades fiscales que entrarán en vigor en la próxima campaña de la renta está la rebaja del IRPF para las rentas hasta 21.000 euros, el aumento del mínimo exento del impuesto hasta los 15.000 euros y el incremento del gravamen de las rentas del ahorro a partir de 200.000 euros.

El año que viene también habrá cambios en las deducciones de maternidad. Antes eran de hasta 1.200 euros (100 euros mensuales) para todas las madres con niños menores de tres años, siempre que estuvieran trabajando. Esa deducción también se otorgará a las madres sin empleo que reciban alguna prestación.

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