¿Tienes derecho a la pausa del café en el trabajo?

00:00

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

1 min lectura

La respuesta es ‘sí’, aunque existe un matiz: si ese descanso durante la jornada laboral es remunerado o tienes posteriormente que recuperarlo saliendo más tarde de trabajar. ‘Cuando la jornada diaria exceda de las seis horas se nos tiene que permitir un descanso, como mínimo, de quince minutos. La discrepancia viene en determinar si es tiempo de trabajo o no. Si el convenio colectivo guarda silencio, ese tiempo tendríamos que recuperarlo, pero si lo refleja el convenio colectivo o lo negociamos con el empresario, esa pausa sería retribuido’, asegura la abogada laboralista Amparo Iglesias. No es el único derecho laboral que muchos trabajadores desconocen.

Visto en ABC

Programas

Último boletín

13:00 H | 23 NOV 2025 | BOLETÍN

Boletines COPE
Tracking