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Todo aquel que tenga una hipoteca, pagada desde 1995, podría recurrir

Ángel Expósito analiza en 'La Linterna' el criterio del Supremo y  establece que el impuesto de las hipotecas lo deben pagan los bancos

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 19 oct 2018

Ocho meses después, el Tribunal Supremo se corrige a sí mismo y determina que es el banco quien tiene que pagar los impuestos al firmar la hipoteca y no el cliente. El único interesado en que la hipoteca se eleve a escritura pública y se inscriba en el registro es la entidad financiera, resalta el Supremo

¿Y ahora quién puede reclamar ese dinero? ''Hay discrepancias'' explica en 'La Linterna' Ramón Casero, profesor de Comillas y abogado que ha llevado el recurso'. ''Desde mi punto de vista, se debe acudir ante las comunidades autónomas y la consejería de hacienda, porque son las competentes'', explica Casero. 

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La cuestión de estos años es que en diciembre de 2015 unas cláusulas fueron declaradas como abusivas en prestamos hipotecarios. Esa sentencia de la sala civil, en una pugna entre entidades financieras y usuarios, fue corregida por el Supremo. Rectificando su doctrina su sentencia de diciembre 2015 porque se apoyaba en la doctrina de la sala de lo contencioso, que desde hace 20 años que en los prestamos hipotecarios el sujeto pasivo, el contribuyente, es el prestatario. El tribunal supremo advirtió esa discrepancia y en febrero corrige su doctrina desde punto de vista civil. Se presentó un recurso que se basaba en la sentencia de diciembre 2015, nos abrió la puerta a los estrictos límites de casación y es lo que ha posibilitado realmente el revisar la doctrina.

Quien tiene el derecho son los prestatarios que han sido las personas que han estado obligadas al pago del impuesto. Es un impuesto que aunque paga el usuario no lo liquida sino que la hace la entidad financiera, porque es la mayor interesada, para que después en caso de impagos pueda realizar juicio ejecutivo.  ''Las obligaciones tributarias hay principio en materia tributarias en indisponibilidad del crédito tributario. ''No se puede negociar deuda tributaria'', señala el experto. 

En resumen, todo aquel que tenga una hipoteca y que la haya pagado desde el 1995, puede recurrir. La respuesta del sector financiero no se ha hecho esperar.

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