María Teresa, notaria: "El documento privado es una puerta abierta a conductas como la evasión fiscal o el blanqueo de capitales"

A Santos Cerdán se le imputa haber liderado una trama con José Luis Ábalos y Koldo García

El secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán

Unanue / Europa Press

El secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán

Borja Cuñado

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A petición de la Fiscalía Anticorrupción, realizada alrededor de las 12:00 de este lunes, se conoció en pocas horas que el juez encargado del 'caso Koldo', Leopoldo Puente, ha ordenado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, del exnúmero tres del PSOE, Santos Cerdán, por los delitos de cohecho, organización criminal y tráfico de influencias.

En la decisión del juez ha pesado finalmente la posible destrucción de pruebas, no así el riesgo de fuga. Además de las grabaciones, el juez Puente sostiene que la vinculación de Cerdán con la empresa Servinabar es "inequívoca", tanto por el documento que muestra la compra del 45% de las participaciones, encontrado en el registro de la casa de Antxon Alonso, el propietario, como por las supuestas gestiones relacionadas con dicha sociedad.

El nombre de Santos Cerdán aparece visible hasta en 62 ocasiones en el famoso informe de la UCO. Contratos que fueron firmados por ambas partes a través de un documento privado. Ante tales hechos, María Teresa Barea, portavoz del Consejo General del Notariado, ha estado en 'La Linterna' y afirma que  "la utilización del documento privado, es un modo de intentar que el negocio jurídico que se está formalizando permanezca oculto, a espaldas, de los intensos controles que nuestro ordenamiento liga a la intervención notarial en una escritura pública ante notario".

Artículo  106 de la Ley de Sociedades de Capital

Regula la documentación de las transmisiones de participaciones sociales y la constitución de gravámenes sobre las mismas. Establece que tanto la transmisión como la prenda de participaciones sociales deben constar en documento público. 

Además, indica que el adquirente de las participaciones puede ejercer los derechos de socio desde que la sociedad tiene conocimiento de la transmisión o gravamen. 

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"Esa transmisión de participaciones en documento privado puede producir efectos civiles entre las personas concretas que han firmado ese documento, entre el vendedor y el comprador. Lo que ocurriría es que, en el hecho antenotario, esa transmisión no tendría efectos hacia afuera, hacia el tráfico, hacia terceros, incluyendo entre esos terceros la propia mercantil cuyas participaciones está pretendiendo transmitir", ha mencionado la portavoz.

Cerdán, quien solo ha respondido a las preguntas de su abogado, ha rechazado haber recibido sobornos y ha puesto en duda los audios presentados por la Guardia Civil como pruebas de corrupción. Su defensa ha adelantado que solicitará un peritaje de dichas grabaciones, argumentando que han sido sacadas de su contexto original.  

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