Envía 698 correos a una trabajadora social de A Coruña con la que se obsesionó y ahora irá a la cárcel: "Vivía en permanente estado de tensión"
El condenado, usuario de la entidad social, sometió a la víctima a un hostigamiento constante que alteró por completo sus rutinas diarias

Sede de Cruz Roja en A Coruña
Coruña - Publicado el - Actualizado
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El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha condenado a 15 meses de cárcel a un hombre por hostigar a la trabajadora de una entidad social. La sentencia también le impone una prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante cuatro años, además del pago de una indemnización de 3.000 euros.
Un hostigamiento de 698 correos
El juez considera probado que el acusado envió un total de 698 correos electrónicos a la víctima entre octubre de 2023 y enero de 2024. El magistrado subraya en la sentencia que "ella nunca le dio pie a que pudiera pensar que sentía interés por él". Además de los mensajes, el fallo recoge que el hombre "se personó en su lugar de trabajo en varias ocasiones, teniéndosele que prohibir la entrada".

Correo electrónico
Según relata la resolución judicial, en una de las ocasiones, el condenado "entró poniendo música con un aparato en el bolsillo y con una planta llena de corazones". A pesar de que fue expulsado del lugar, el hombre "intentó entrar otras veces", lo que demostraba su insistencia.
Entró poniendo música con un aparato en el bolsillo y con una planta llena de corazones"
El acoso llegó a tal punto que un día, cuando la víctima se disponía a salir de su trabajo, lo encontró "agachado en las escaleras", lo que la obligó a llamar a la Policía.
La vida de la víctima, alterada por completo
El titular del juzgado destaca que esta situación provocó una alteración de sus rutinas diarias. La trabajadora "vivía en permanente estado de tensión" y tenía que "ser acompañada por sus compañeras de trabajo allá donde iba".
Vivía en permanente estado de tensión"
La perjudicada tuvo que cambiar sus rutinas de forma drástica, "evitando quedarse sola, trabajando a puerta cerrada, acudiendo a distintas cafeterías para no estar siempre en la misma y ser detectada por el acusado". Todo ello la sumió, según el juez, "en un estado de constante desasosiego e inquietud".
La intensidad y duración del acoso
El juez ha basado la pena impuesta en la duración temporal del acoso, "que se extendió durante varios meses", y en su intensidad. El fallo destaca "la multiplicidad de actos como buscarla, perseguirla, vigilarla y tratar de acercarse y escribirle centenares de correos electrónicos".

Sede del TSXG
Un factor que aumentó el temor de la perjudicada fue que el acosador aludiera en sus mensajes a "los paseos que daba con su hija". La sentencia no es firme, ya que contra ella cabe presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.
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