La contundente sentencia que condena a un hombre por una violación en A Coruña: "Desde Noé, cualquier hombre conoce los síntomas del alcohol"
El tribunal ratifica la pena de 9 años de cárcel para un hombre que agredió sexualmente a una mujer en un severo estado de embriaguez en los alrededores de Palexco

Edificio de Los Cantones con discotecas en A Coruña
Coruña - Publicado el - Actualizado
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la condena de 9 años de prisión a un hombre por violar a una mujer en estado de embriaguez en A Coruña. El fallo subraya que es imposible que el acusado no fuera consciente del estado de la víctima, con una frase contundente: “Desde Noé hasta nuestros días, cualquier hombre medio conoce los síntomas y los efectos del alcohol”.
Los hechos se remontan a la madrugada del 2 de febrero de 2024, cuando un vecino de la ciudad agredió sexualmente a una mujer ebria en los alrededores de una discoteca ubicada en la zona del Palacio de Exposiciones y Congresos (Palexco). Fue condenado por la sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña en octubre del año pasado. El tribunal consideró los hechos como un delito de agresión sexual con acceso carnal, sin intimidación y sin consentimiento, al abusar de la vulnerabilidad de la víctima, quien “carece de capacidad de comprensión y decisión” por su intenso estado de embriaguez.
Los orígenes de la agresión
Según la sentencia, la mujer había acudido con dos amigas a una discoteca en la avenida do Porto de A Coruña. Tras pedir varias consumiciones alcohólicas en un reservado, la víctima “empezó a sentirse desorientada y a tambalearse”, por lo que una de sus amigas la acompañó fuera de esa zona.
Posteriormente, la mujer accedió sin autorización a una zona de reservados, y habría mostradouna actitud agresiva hacia el relaciones públicas del local, lo que provocó su expulsión. Entre las 03:30 y las 04:16 horas, intentó entrar de nuevo unas quince veces para recuperar su abrigo, teléfono y llaves, llegando a desplomarse en una ocasión.

JFoto de archivo de jóvenes de copas
El agresor se aprovecha de la situación
A las 04:18 horas, la joven, en un “estado de aguda intoxicación etílica, acaso combinada con otra sustancia”, decidió esperar en la explanada de Palexco. Toda esta secuencia fue observada por el procesado, quien “se percató perfectamente de las muy mermadas circunstancias psicofísicas de la víctima” y decidió aprovecharse de ella.
El acusado se acercó a ella, la cogió por la cintura y la condujo a un lateral del edificio, a pesar de que ella intentó zafarse sin éxito. Una vez allí, aprovechando la “incapacidad de autodeterminación de la mujer”, la violó. La agresión fue interrumpida por dos testigos que pasaban por la zona y dieron la alerta.
Una vez pudo incorporarse, la víctima se dirigió a su domicilio, pero al no tener las llaves, se durmió en el felpudo de su puerta. Fue encontrada por la mañana por el presidente de la comunidad, quien llamó a un cerrajero.
La contundencia del fallo judicial
En su recurso, la defensa alegó que no se podía determinar el estado de embriaguez de la mujer porque no se le había realizado una prueba toxicológica. Sin embargo, el TSXG ha rechazado este argumento de forma tajante, afirmando que las pruebas recabadas “conforman una pétrea acreditación” de su estado.

Sede del TSXG
El alto tribunal ha sido claro en su argumentación: “Poco importa que entonces no se le hiciese un análisis toxicológico: desde Noé hasta nuestros días, cualquier hombre medio conoce los síntomas y efectos del alcohol”. La sentencia destaca que la capacidad de autodeterminación de la mujer estaba “anulada”, lo que le impedía prestar cualquier tipo de consentimiento.
El TSXG concluye que no existe duda racional sobre los elementos del delito, ya que el propio procesado no negó la relación sexual, confirmada por pruebas de ADN. “Más allá de la versión de parte, no es factible una duda racional acerca de que estamos en presencia de los elementos nucleares de hecho del tipo penal: relación sexual inconsentida”, resume el fallo.
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