Un pensionista de Valencia vuelve a trabajar para que su jubilación sea más beneficiosa y la respuesta de la Seguridad Social marca un precedente
El afectado tuvo que recurrir al Tribunal Supremo para que deje claro que no se trata de una situación “irreversible” ni tampoco de una renuncia al derecho

Un anciano guía a su perro salchicha por una concurrida plaza.
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La Seguridad Social ha recibido un serio aviso desde el Tribunal Supremo, y el origen está en un humilde pensionista de Valencia. Después de solicitar su pensión y recibir la aprobación correspondiente, decidió que aún no era el momento de jubilarse. Quiso renunciar temporalmente a su pensión, volver a trabajar y esperar a reunir mejores condiciones para, más adelante, solicitarla con una base reguladora mayor. La Seguridad Social se lo negó. El caso acabó en el Tribunal Supremo, que acaba de marcar un precedente histórico: no hay renuncia definitiva, solo el derecho a elegir cuándo disfrutar de lo cotizado.
Un caso que reescribe las reglas
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Según la sentencia STS 320/2023, el trabajador solicitó la pensión de jubilación con un porcentaje del 85,49% sobre una base reguladora de 764,48 euros. Pero al poco tiempo se arrepintió. Quería seguir trabajando, cotizar más años y acceder más adelante a una pensión más favorable. Su lógica era sencilla: si iba a mejorar su pensión, ¿por qué no esperar?
La Seguridad Social fue tajante: según el artículo 3 de la Ley General de la Seguridad Social, los derechos reconocidos son irrenunciables. Y eso implicaba que, una vez concedida la pensión, no se podía echar marcha atrás. Así que rechazó su solicitud de cancelarla. El pensionista no se rindió. Primero logró una victoria en el Juzgado de lo Social, que anuló la concesión de la pensión y le obligó a devolver lo percibido. Sin embargo, la Seguridad Social recurrió y el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana le dio la razón al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), cerrando la puerta a este tipo de rectificaciones.

Un jubilado lee el periódico en Barcelona
Pero el jubilado volvió a luchar. Elevó el caso al Tribunal Supremo, que acaba de emitir una sentencia clave para el futuro del sistema de pensiones.
El Supremo abre una vía
La decisión del Supremo aclara que lo que el trabajador hizo no fue una renuncia al derecho, sino un desistimiento de la solicitud. En palabras del tribunal, el pensionista no expulsa ese derecho de su patrimonio jurídico, sino que simplemente elige no hacer uso de él en ese momento. La diferencia es sustancial y sienta una doctrina clara: se puede desistir de la pensión concedida si no se ha disfrutado aún de forma definitiva.
Esta sentencia da un giro importante a la interpretación del artículo 3 de la Ley General de la Seguridad Social. La “irrenunciabilidad” no puede interpretarse como una obligación a aceptar la pensión justo cuando se reconoce. Y eso abre la puerta a que, en el futuro, otros pensionistas puedan valorar volver a trabajar o mejorar su base reguladora antes de activar de forma definitiva su jubilación.

El fallo también reconoce algo que ya apuntaban algunos expertos: el sistema no obliga a jubilarse automáticamente cuando se cumplen los requisitos. En un país en el que, como recuerda COPE en este artículo, muchos ciudadanos están optando por alargar su vida laboral para no reducir su pensión hasta un 21%, esta sentencia cobra aún más importancia.
Además, no es el único cambio que se está produciendo. La Seguridad Social ya ha anunciado nuevas fórmulas para aumentar la pensión más allá de los 65 años, tal y como explica COPE en esta noticia.
La sentencia del Supremo no solo beneficia a este jubilado valenciano. Sienta una doctrina que puede marcar el camino para otros trabajadores que, llegado el momento, duden si acogerse a la pensión en condiciones no óptimas. Porque, como subraya el fallo, el sistema debe respetar la voluntad del ciudadano y su derecho a elegir cuándo y cómo cobrar su jubilación, sin que esto suponga renunciar a ella.
Y esto es especialmente relevante en un escenario en el que, como recoge esta otra noticia de COPE, los jóvenes de hoy deberán trabajar hasta los 71 años si quieren mantener su nivel de vida con la pensión del mañana.
Este precedente, por tanto, no solo da la razón a un jubilado: cambia las reglas del juego.