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El Juez Único de Competición respalda al Oviedo y desafía a LaLiga por el aplazamiento del partido en Vallecas
La patronal, presidida por Javier Tebas, anuncia que recurrirá la sentencia y reafirma que tiene competencias para "determinar y modificar la fecha y hora de celebración de los partidos".

Rafael Louzán, presidente de la RFEF, y Javier Tebas, presidente de LaLiga, visitan la Fan Zone de la Supercopa, este viernes en Yeda.
Asturias - Publicado el - Actualizado
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El Juez Único de Competición ha emitido un resolución sobre el aplazamiento del Rayo Vallecano - Real Oviedo que avala la versión del club asturiano y que pone en tela de juicio las competencias de la patronal para aplazar el partido y fijar una nueva fecha.
En primer lugar, el Juez Único niega las competencias de LaLiga para suspender el partido y, posteriormente, también niega la capacidad del entre presidido por Javier Tebas para fijar una nueva fecha, que sería el 4 de marzo a las 19:00 horas en Vallecas.
En la resolución, se declara el partido como "no celebrado" y se desestima la petición del Real Oviedo de que el partido se les diera por ganado por 0-3, pero aclara que no se descartan penalizaciones al Rayo Vallecano por su responsabilidad en lo sucedido.
respuesta de Laliga
LaLiga recurrirá la resolución del Juez de Competición y defenderá sus competencias en materia de suspensiones, aplazamientos y fijación de nuevas fechas por la Sentencia del Tribunal Supremo n.º 1440/2025, de 16 de octubre, y por la Sentencia de la Audiencia Nacional de 18 de diciembre de 2024, firme desde el 17 de diciembre de 2025.
Desde LaLiga se muestran confiados en que su recurso prospere en los próximos días y que el partido entre Rao y Oviedo fijado para el 4 de marzo en Vallecas se disputa tal y como estaba previsto.
Este es el comunicado íntegro de LaLiga tras la resolución del Juez Único de Competición:
Madrid, 19 de febrero de 2026.- LALIGA desea manifestar que la resolución dictada por el Juez Único de competiciones profesionales de la RFEF se aparta del marco jurídico vigente en materia de organización de las competiciones profesionales, consolidado por la Sentencia del Tribunal Supremo n.º 1440/2025, de 16 de octubre, y por la Sentencia de la Audiencia Nacional de 18 de diciembre de 2024, firme desde el 17 de diciembre de 2025, y que ha sido aceptado tanto por la propia RFEF como por sus servicios jurídicos.
De acuerdo con este marco jurídico, LALIGA tiene la competencia exclusiva para determinar y modificar la fecha y hora de celebración de los partidos de la competición que organiza. La fijación de fechas y horarios, así como cualquier decisión vinculada a los mismos —incluida la suspensión de encuentros— forma parte de la organización del Campeonato. En esta materia, la RFEF no tiene competencias revisoras sobre las decisiones adoptadas por LALIGA.
La suspensión del partido Rayo Vallecano – Real Oviedo fue acordada por LALIGA en el ejercicio de sus obligaciones como organizador de la competición, tras recibir un informe técnico que concluía que el estado del terreno de juego no reunía las condiciones adecuadas para la disputa del encuentro, con el objetivo de salvaguardar la integridad física de todos los participantes.
La nueva fecha del partido ha sido fijada tras dar audiencia a ambos clubes, que trasladaron sus preferencias, así como a la propia RFEF.
En el marco jurídico actual, LALIGA ha venido adoptando de forma habitual decisiones de suspensión y fijación de nuevas fechas en la competición profesional, con la conformidad de la RFEF, práctica que la resolución del Juez Único ahora desconoce.
LALIGA interpondrá recurso contra esta resolución, con plena confianza en que será anulada. LALIGA reitera su compromiso con la integridad de la competición y con la seguridad de todos los participantes, y continuará ejerciendo las competencias que legalmente le corresponden en defensa del fútbol profesional español.



