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La multa de la DGT que pueden ponerte por conducir con abrigo: igual que las chanclas

Conducir con ropa de abrigo puede ser motivo de sanción si el agente de tráfico interpreta que influye en conducir de forma correcta

Conducir coche

Conducir con ropa de abrigo puede ser objeto de sanción por parte de los agentes de tráfico

Emilio Guerrero

Redactor COPE Málaga

Málaga

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 12:31

Aunque aún faltan varios días para que oficialmente sea invierno, las bajas temperaturas se han instaurado en los últimos días en España. En las últimas semanas los diferentes informativos nos cuentan la bajada drástica de las temperaturas y como el mercurio en muchos lugares no supera los cinco grados.

En el norte de España se ha visto afectado por un duro temporal de frío y nieve que nos ha dejado imágenes de coches, engullidos por un manto blanco de nieve. Es por ello que la ropa de abrigo es ya la prenda más demandada de nuestro armario.

Con este panorama es habitual que cuando vamos a buscar nuestro coche para dirigirnos a nuestro destino, no queramos prescindir del chaquetón, chaqueta o abrigo que llevemos para seguir protegiéndonos del frío. Igual que ocurre con el calor, el coche es un lugar donde la temperatura del exterior se traslada al interior cuando entramos en él. Es por ello que cuando entramos dentro del habitáculo no queramos desprendernos del abrigo.




Esto que es un gesto habitual se puede convertir en un problema. Estas prendas son bastante gruesas y por lo general limita nuestra capacidad de movimientos y nos impide una correcta postura en el asiento, una capacidad más ágil de maniobra al volante. Además al llevar una ropa tan abultada, puede impedir una correcta sujeción del cinturón de seguridad.

A este impedimento hay que añadirle uno más, y es que lo normal es que cuando ya estemos dentro del coche, el sistema de calefacción comience a funcionar y por tanto comencemos a sentir calor y por tanto nos empiece a sobrar la ropa de abrigo. Evidentemente desprendernos de ella conduciendo puede provocar que perdamos el control del volante y por tanto generar un accidente, y en el caso de que no nos la quitemos, sintamos bochornos y nos impida mantener la concentración en la carretera.

En este sentido, los expertos recomiendan, tanto en verano como en invierno, que la temperatura en el interior del coche esté entre los 23 y los 24 grados, y que tanto si usamos el aire acondicionado como la calefacción permanezcamos con el coche detenido hasta que se empiece a alcanzar la temperatura correcta.

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NORMATIVA Y SANCIÓN

En definitiva si un agente de tráfico interpreta que la ropa de abrigo nos impide llevar a cabo una correcta conducción podemos ser objeto de una sanción. Aunque no hay ningún artículo exclusivo dedicado a este tema en la normativa de tráfico, sí que existe el Real Decreto 1428/2003 que en su artículo 18.1 del Capítulo 1 especifica que: "El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos".

Por lo tanto, con esta normativa un agente de tráfico sí que puede interpretar que la ropa de abrigo interfiere en nuestra manera de conducir. Si somos objetos de esta sanción la administración nos puede poner una multa que oscilan desde los 80 hasta lo 200 euros, que con el sistema de pronto pago se puede quedar en la mitad.

Al igual que ocurre con las chanclas en verano, la DGTno recomienda tampoco el uso de botas de montaña ya que impide tener un tacto ideal con los pedales del vehículo.

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