¿Se puede convertir un local comercial en vivienda? Requisitos para hacerlo en Huelva

El arquitecto Luis Alfonso, de Al Futuro Arquitectura, explica las claves de la reciente modificación del PGOU que permite transformar locales comerciales en viviendas y advierte sobre los requisitos técnicos necesarios para evitar sorpresas.

Obra de transformación de un local en vivienda
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Elías Luis Grao

Luis Alfonso de Al Futuro Arquitectura sobre cómo convertir un local en vivienda

Redacción COPE Huelva

Huelva - Publicado el

3 min lectura

El pasado 25 de julio se aprobó en Huelva una modificación del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) que abre la puerta a transformar locales comerciales en viviendas. Una medida que, según los expertos, puede aumentar el número de viviendas disponibles en la ciudad, aunque no supone una solución definitiva al problema habitacional

Para comprender mejor cómo funciona este cambio y qué implicaciones tiene, el arquitecto Luis Alfonso, del estudio Al Futuro Arquitectura, analiza las principales claves y advierte a los ciudadanos sobre los aspectos que deben considerar antes de lanzarse a comprar o transformar un local.

Los locales que se pueden convertir en vivienda son aquellos que cumplen con las condiciones del Código Técnico de la Edificación”, explica el arquitecto, quien insiste en que no todos los locales son aptos para uso residencial. Según detalla, uno de los factores más importantes es la posibilidad de que el local tenga ventanas o patios que proporcionen luz natural. “Normalmente los locales en esquina tienen más posibilidades”, añade.

Luis Alfonso señala que muchas personas compran un local sin consultar previamente a un técnico, lo que puede suponer un gran error: “Cuando ya lo han comprado y nos piden asesoramiento, a veces vemos que ese local no tiene por dónde cogerse. Si no tiene ventilación o luz natural, no hay nada que hacer.” Por ello, recomienda acudir antes de la compra a un técnico o al área de Urbanismo del Ayuntamiento para comprobar la viabilidad del cambio de uso.

Entre los requisitos mínimos, el arquitecto explica que la vivienda resultante debe tener al menos 35 metros cuadrados útiles, con espacio suficiente para una cocina, un baño, un salón y un dormitorio. Además, la altura mínima del techo debe ser de 2,5 metros: “Si el techo es más bajo, la sensación de claustrofobia sería enorme.”

Con respecto a las modificaciones aprobadas, el experto detalla que se han actualizado varios artículos del PGOU —el 49, 55, 60, 65 y 92— para facilitar el cambio de uso. Por ejemplo, antes era obligatorio que las viviendas y las oficinas tuvieran accesos y escaleras separados, lo que complicaba los proyectos. “Ahora eso se ha flexibilizado, algo lógico, porque es muy difícil introducir un ascensor nuevo en un edificio ya construido”, comenta.

Otro de los cambios importantes es que ya no se exige elevar la vivienda 70 centímetros por encima del nivel de la calle. “Ahora basta con 30 centímetros, siempre y cuando la entrada se realice desde el portal del edificio”, explica.

En cuanto a la eficiencia energética, Luis Alfonso subraya que muchos locales y edificios antiguos no cumplen con las normas de aislamiento actuales, aunque eso no impide el cambio de uso. “Nosotros siempre recomendamos incorporar aislamiento térmico, aunque no sea obligatorio, porque se gana en confort y ahorro energético”, afirma. Además, recuerda que existen subvenciones para mejorar la eficiencia, aunque su tramitación pueda ser lenta.

Sobre los costes administrativos y burocráticos, el arquitecto aclara que varían según la superficie y las características del local. “No es lo mismo hacer el cambio en un local pequeño que en uno grande. Además, los honorarios pueden oscilar mucho entre estudios”, señala.

Finalmente, el arquitecto lanza una recomendación clara: “Antes de comprar o reformar, consulta siempre a un profesional. Puede ahorrarte muchos quebraderos de cabeza.”

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