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La carta de Hacienda que va a llegarte antes del 31 de diciembre: quiénes van a recibirla y cómo actuar

Toma nota de los tipos de notificaciones que puede enviarte la Agencia Tributaria y qué debes hacer en cada caso

La carta de Hacienda que vas a llegarte antes del 31 de diciembre: quiénes van a recibirla

Madrid

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 12:01

Cambiar de año supone, para muchos, cambiar algunos aspectos de nuestra vida. El 31 de diciembre pasaremos una nueva página en el calendario, en esta ocasión para cambiar de semana, de mes y de año, todo al mismo tiempo. A nivel económico, muchas empresas gestionan su contabilidad por años naturales, al igual que pasa con la economía de nuestro bolsillo.

En este sentido, Hacienda aprovecha las últimas semanas del año para enviar notificaciones a algunos contribuyentes con avisos que son realmente importantes.

Notificaciones de Hacienda vinculadas a la Declaración de la Renta

En la mayoría de los casos, se trata de cartas vinculadas a la Declaración de la Renta. Aunque el plazo para presentarla terminó el 30 de junio, no fue hasta el 6 de noviembre cuando finalizó el plazo para pagarla. Por su parte, desde Hacienda, pueden devolverte lo que te corresponde hasta el 31 de diciembre.

Si eres de aquellos que ha recibido o va a recibir una notificación antes de final de año, debes saber que no te la pueden dejar en el buzón, ya que debes firmar un justificante que indique que lo has recibido. También te podría llegar por correo electrónico si has autorizado esa vía de comunicación.

Campaña de la renta

Campaña de la renta (EFE)


La carta en cuestión puede deberse a que no has abonado el último pago pendiente para el mes de noviembre o que desde la Administración han detectado alguna irregularidad o incidencia en la Declaración que presentaste. Otra opción es que Hacienda necesite algún documento adicional para comprobar alguna de tus deducciones.




Tipos de notificaciones de Hacienda

Más allá de estas posibilidades, puedes recibir distintos tipos de notificaciones de Hacienda, como las siguientes:

  • Una carta informativa de la Agencia Tributaria que tiene como finalidad informar al contribuyente de un hecho. En este caso no hay que responder de ninguna forma.
  • Cuando la información de tu declaración no coincide con tus informes fiscales, Hacienda envía un requerimiento, al cual hay que contestar justificando tu situación para evitar ser sancionado.
  • En caso de que desde la Administración consideren que hay alguna información que es errónea y, por tanto, hay que modificar, envían una propuesta de liquidación.
  • Si tienes algún procedimiento abierto con Hacienda, puedes recibir una resolución en la que se indica el resultado final de ese procedimiento.
  • La providencia de apremio es una carta que envía Hacienda en la que establece la fecha en la que te cargará una deuda pendiente. En caso de no disponer del dinero, es posible responder para intentar aplazarlo o recurrirlo.
  • En caso de que el cobro de dicha deuda vaya a ser inmediato, la Administración envía una diligencia de embargo.
  • Si Hacienda abre una inspección, envía un inicio de investigación de inspección para solicitar algún documento.
  • Para informarte de que has cometido una infracción, Hacienda envía un expediente sancionador.

Hacienda te devuelve 4.000 euros si estás en esta lista

En el caso contrario, está un pequeño grupo de trabajadores que puede recibir en los próximos meses una devolución de Hacienda de una cuantiosa cantidad de dinero. Una sentencia del Tribunal Supremo ha reconocido que la Agencia Tributaria cometió un error al cobrar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas hace varias décadas.

La carta de Hacienda que va a llegarte antes del 31 de diciembre: quiénes van a recibirla


En concreto, aquellos que trabajaron en sectores como el comercio, la construcción o la metalurgia entre 1967 y 1978 podrán recibir hasta 4.000 euros. La sentencia dictamina que deberían haber tributado por el 75% de su pensión en las aportaciones a las antiguas mutualidades laborales, en lugar del 100% por el que lo hicieron.

Es decir, pagaron más impuestos de los correspondientes durante 11 años y ahora pueden recibir su compensación. Este grupo de personas son jubilados actualmente, pero pueden reclamar el dinero que les corresponde. Además, si alguna de estas personas hubiera fallecido, sus familiares tienen el derecho al dinero, siempre y cuando haga menos de cuatro años de la muerte. Consulta aquí cómo solicitarlo.

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