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¿Cómo aparcar correctamente una moto en el centro de Madrid?

Estos vehículos no podrán estacionar en aceras cuando las calles sean de especial protección para el peatón

¿Cómo aparcar correctamente una moto en el centro de Madrid?

 

COPE.ES | AGENCIAS

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 20:02

La capital de España ha modificado la forma de circular y de estacionar en sus calles. De acuerdo con el artículo 48 de la vigente Ordenanza de Movilidad Sostenible, las motos, ciclomotores, bicis, patinetes eléctricos y segways tendrán que aparcar en las reservas destinadas a estos vehículos y, si no las hubiera, podrán hacerlo en las aceras siempre que dejen más de tres metros de ancho libre, como recoge la ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid, aprobada el pasado mes de julio de manera definitiva en Junta de Gobierno.

En aceras de menos de seis metros podrán hacerlo paralelamente al bordillo. Si la acera tiene más de 6 metros en semibatería o ángulo junto al bordillo. También tendrán que guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos tactovisuales.

Estos vehículos no podrán estacionar en aceras cuando las calles sean de especial protección para el peatón o exista señalización específica que lo prohíba. Tampoco podrán aparcar en el ámbito peatonal de las paradas de transporte ni en las plazas para personas de movilidad reducida o paradas de taxi.

No podrán estacionar en la acera cuando exista banda de aparcamiento en el caso de Madrid Central, medida que, como novedad, se extenderá al resto de distritos por aprobación de cada Pleno tras el análisis técnico sobre las posibilidades de aparcamiento para estos vehículos y, en su caso, cuando se habiliten reservas de estacionamiento.

Además se crea la obligación de dejar 5 metros de espacio libre tanto en acera como en calzada junto a los pasos de peatones que se habiliten o reformen, seguidos de reservas para motos en calzada, dado que suponen una menor barrera visual que los coches y, por lo tanto, mayor seguridad para los peatones.

Personas con movilidad reducida 

El colectivo de personas de movilidad reducida tendrán prioridad para acceder a la reserva de plazas de aparcamiento público. También se intensificará la vigilancia de las plazas reservadas en aparcamientos de centros comerciales y de ocio.

Asimismo los eurotaxis podrán recoger y dejar a estos usuarios en las reservas de estacionamiento para dicho colectivo y se identifican 'centros de actividad', donde se ofrecerá una mayor proporción de plazas de estacionamiento reservadas para titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR), específicamente en aquellos ámbitos en los que no son aplicables las posibilidades de uso gratuito y sin limitación temporal que para ese colectivo ofrece el  Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).

Las personas con movilidad reducida tendrán prioridad sobre el resto de los usuarios. Aquellas que circulen sobre sillas motorizadas deberán acomodar su marcha a la de los peatones (máximo 5 km/h) si van por las aceras, pero también podrán circular por las vías ciclistas de la tipología acera-bici, donde igualmente tendrán de prioridad. Toda la información referente a cómo aparcar de forma correcta en las calles de la capital viene recogida en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid que puedes consultar a continuación

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