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Malos tratos a los padres o injurias graves en público: estos son los motivos para poder desheredar a un hijo

Negar alimentos, abandonar a los hijos o llevarlos a la prostitución son también motivos para poder dejar sin herencia a los padres

Malos tratos a los padres o injurias graves en público: estos son los motivos para poder desheredar a un hijo
Patricia Rosety
@patriciarosety

Jefa de Tribunales

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 02:56

Juan y María desheredaron a su hijo porque les sometió a maltrato físico, a vejaciones. Con varias denuncias presentadas ante la Guardia Civil, con una sentencia firme en la mano y con todo el dolor de su corazón, fueron al notario y desheredaron a su hijo. Estaban muy apenados por tener que hacerlo, pero no perdían la esperanza de que su hijo cambiase para poder dejarle sus bienes. Los padres no pierden la esperanza ante sus hijos. Elena desheredó a su padre porque abandonó a la familia cuando eran pequeños y nunca se ocupó de ellos. Nunca les dio nada, ni alimentación, ni educación. Pasaron muchas penurias mientras su padre, con posibilidades económicas, formaba otra familia.

Desheredar a un heredero legítimo, a un heredero forzoso, no es fácil. No se puede desheredar porque sí. Hay que justificarlo muy bien. En nuestro ordenamiento, en el Derecho Civil Común, existe la legítima, que es la obligación de reservar una parte de la herencia a los hijos, cónyuges o padres, según las circunstancias de cada uno. Algunas comunidades autónomas tienen peculiaridades específicas.

Maltratar física, moral o psicológicamente a los padres es motivo de desheredación, según jurisprudencia del Tribunal Supremo, cuenta a COPE Teresa Barea, Portavoz del Consejo General del Notariado. También que les hayan negado alimentos teniendo posibilidades o que les haya injuriado grave y públicamente de palabra. En el caso de los padres, dice Barea, la ley contempla la negación de alimentos a los hijos pudiendo hacerlo, el abandono, que los hayan prostituido o corrompido. Establece, además, para la desheredación, que un progenitor haya atentado contra la vida del otro. También que uno u otro se hayan acusado públicamente de un delito grave. Otra causa es forzar a hacer un determinado testamento que favorezca a ese heredero, forzar la voluntad testamentaria sin motivo.

Nos dice la Portavoz del Consejo del Notariado que “es conveniente y aconsejable que el testador que deshereda a alguien recopile y conserve todas las pruebas que pueda reunir, serán necesarias para que sus herederos las tengan para defender la validez de la causa de exclusión establecida en el testamento”. También es importante, explica Teresa Barea, que en la cláusula testamentaria se identifique bien a la persona relegada y la causa legal. Tiene que ser alguien con capacidad suficiente para imputarle una causa. No se puede desheredar a un menor, a un niño, aclara Barea, porque al menor no se le puede imputar la conducta que lleva a esa exclusión. Tampoco a los nietos, porque los hijos del desheredado ocupan su lugar en cuanto a la legítima. El Consejo del Notariado no tiene datos sobre la desheredación porque es una cláusula del testamento.

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