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La Audiencia Nacional da cinco días a Interior para que remita el expediente sobre la devolución de menores

La Sala indica que al remitir ese expediente el órgano administrativo --Interior-- debe comunicárselo a todos los que aparezcan como interesados en el mismo

La Audiencia Nacional da cinco días a Interior para que remita el expediente sobre la devolución de menores
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La Sección 5 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha requerido "con carácter urgente" al Ministerio del Interior para que en el plazo de cinco días remita "el expediente acompañado de los informes y datos que estime procedentes" relativos a la repatriación a Marruecos de menores no acompañados. Este plazo empieza a correr desde el momento en el que se notifica, que en este caso, según fuentes consultadas, ha sido este jueves.

En una diligencia de ordenación fechada el 16 de agosto, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala indica que al remitir ese expediente el órgano administrativo --Interior-- debe comunicárselo a todos los que aparezcan como interesados en el mismo, "acompañando copia del escrito de interposición y emplazándoles para que puedan comparecer como demandados ante esta Sección en el plazo de cinco días".

Recuerda que tanto el departamento de Fernando Grande-Marlaska como el resto de los demandados, una vez enviado el expediente, al comparecer podrán solicitar la inadmisión del recurso presentado por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado y la celebración de la comparecencia según el artículo 117.2. Además, el tribunal comunica que sobre la solicitud de la adopción de medidas cautelares procede a abrir una pieza separada.

Precisamente este miércoles se conocía que la Sala rechazaba adoptar la medida cautelarísima --sin escuchar a las partes-- de suspender la repatriación a Marruecos de esos menores no acompañados que se encuentran en la Ciudad Autónoma de Ceuta porque, en una primera aproximación cautelar al acto del Ministerio del Interior impugnado, "no se deducen las violaciones de derechos denunciadas".

En paralelo, resolvía que la Sala era competente para conocer este asunto dado que el recurso se planteó contra un escrito de la Secretaría de Estado de Seguridad.

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