Pensión por incapacidad permanente absoluta: el INSS te la puede quitar por este motivo en cualquier momento
Más de un millón de españoles reciben esta prestación, pero no todos saben que el Instituto Nacional de la Seguridad Social puede retirársela si incumplen una obligación clave

Fachada de la Tesorería General de la Seguridad Social, en Madrid
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En España, la pensión por incapacidad permanente absoluta supone el reconocimiento de una situación especialmente delicada: la imposibilidad de un trabajador para desempeñar cualquier tipo de empleo remunerado, sin importar su formación o experiencia profesional previa. Se trata de una prestación vitalicia que, en muchos casos, es el único sustento económico de quienes la reciben. Sin embargo, lo que a menudo pasa desapercibido es que, además de derechos, esta pensión conlleva importantes obligaciones que deben cumplirse estrictamente hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria.
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La legislación española establece que las personas beneficiarias de una incapacidad permanente absoluta no quedan desligadas de la vigilancia del sistema. Muy al contrario: el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) puede revisar el estado de salud del pensionista en cualquier momento, y si detecta indicios de mejora que cuestionen el grado de incapacidad reconocido, tiene capacidad para retirar la pensión de forma inmediata.
Uno de los aspectos más relevantes —y también más desconocidos— es que no acudir a una revisión médica programada por el INSS puede interpretarse como desinterés por mantener la prestación. En otras palabras: si no asistes al control, puedes perder la pensión. Y lo más preocupante es que esta revisión puede ser convocada en cualquier momento antes de cumplir los 66 años y 8 meses, la edad actual de jubilación ordinaria.

Una persona mayor cruza un paso de peatones apoyada en un andador para discapacitados, junto a un deportista en Valencia
Una vigilancia constante
Según los datos de la Seguridad Social, más de 1.030.000 personas cobran en estos momentos algún tipo de pensión por incapacidad permanente en España. De ellas, una proporción significativa está acogida al grado de incapacidad permanente absoluta, el más severo, que da derecho a percibir el 100% de la base reguladora. La pensión media supera los 1.200 euros mensuales, y está exenta del pago del IRPF.
Este elevado número de beneficiarios —que no deja de crecer año tras año, con un aumento del 6,4% interanual— ha hecho que el sistema refuerce los mecanismos de control y revisión. No es la primera vez que una persona que ha estado cobrando esta pensión durante años ve cómo le es retirada por no presentarse a un reconocimiento o por haber ocultado información relevante, como un nuevo ingreso, una mudanza o incluso el inicio de una actividad laboral presuntamente compatible.
implica un compromiso
Casos como el de una mujer que fingió ser muda durante 16 años para seguir cobrando su pensión han causado un enorme revuelo social (escúchalo aquí en COPE). Pero también existen ejemplos de trabajadores que, tras años de pelea judicial, han conseguido que se les reconozca la incapacidad, como ocurrió recientemente con una profesora en Canarias afectada por una dolencia psiquiátrica (ver noticia) o un operario del metro expuesto al amianto en Barcelona (ver aquí).

Un joven en silla de ruedas sube a un tren de cercanías en la estación de Atocha, Madrid.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha aclarado además que la pensión por incapacidad permanente absoluta no puede ser compatible con ningún trabajo, aunque en ciertos casos sí se permite una compatibilidad parcial para grados inferiores. De hecho, hay que tener especial cuidado con las entrevistas médicas, ya que una sola respuesta mal planteada puede ser determinante para perder la ayuda, como explica este abogado en COPE (aquí el audio completo).
Por tanto, mantener la pensión por incapacidad permanente absoluta no depende solo del diagnóstico inicial, sino de cumplir con todas las obligaciones que impone la Seguridad Social: acudir a revisiones, notificar cambios personales o económicos, colaborar con los servicios médicos y no desempeñar trabajos incompatibles. Lo contrario, en cualquier momento, puede abrir la puerta a una revisión que derive en la pérdida inmediata de la pensión.