Alberto Sánchez, abogado experto en alquiler: "El inquilino puede irse gratis de la vivienda si cumple los requisitos que marca la ley"

Un experto legal detalla las claves y los plazos que todo arrendatario debe conocer para finalizar su contrato de alquiler sin penalizaciones ni sorpresas

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Ignacio Juanilla Bernardo

Madrid - Publicado el

3 min lectura1:51 min escucha

Una de las dudas más frecuentes para quienes viven de alquiler es cómo y cuándo pueden abandonar la vivienda sin enfrentarse a penalizaciones económicas. El abogado experto en el mercado del alquiler, Alberto Sánchez, aclara esta cuestión fundamental para miles de inquilinos, explicando que la ley ampara el derecho a finalizar el contrato de forma gratuita si se cumplen unas condiciones específicas. Estos derechos prevalecen incluso si el contrato firmado indica lo contrario, ofreciendo una seguridad clave al arrendatario.

Cuándo puede irse el inquilino sin coste

El primer supuesto que permite a un inquilino irse completamente gratis es la finalización del período pactado en el contrato. Sánchez explica que, aunque un contrato de un año se pueda prorrogar hasta cinco, al concluir ese primer año, el arrendatario tiene total libertad para marcharse. "Si has firmado desde el inicio 2, 3, 4 o 5 años, te puedes ir gratis cuando termina este período", señala el experto. Este punto es crucial para entender la temporalidad de los compromisos adquiridos.

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El inquilino se puede ir de la vivienda en alquiler completamente gratis si cumple estos requisitos"

Alberto Sánchez

Abogado

Además del término del contrato inicial, este derecho se extiende a las prórrogas. Los contratos de alquiler de vivienda habitual firmados a partir de marzo de 2019 tienen una duración de hasta cinco años a voluntad del inquilino, mediante prórrogas anuales. El abogado subraya que al finalizar cada una de estas prórrogas anuales, el inquilino puede decidir no continuar. "En cada una de esas prórrogas anuales te puedes ir de forma completamente gratuita", insiste Sánchez, clarificando que cada año se abre una nueva ventana para tomar esta decisión.

El preaviso, un requisito fundamental

Para ejercer este derecho, es imprescindible cumplir con el preaviso estipulado por la ley. El inquilino debe comunicar su decisión al propietario con una antelación mínima de 30 días antes de la fecha de finalización del contrato o de la prórroga en curso. Cumplir con este plazo es una garantía para el arrendatario, ya que formaliza su intención de no renovar y activa su derecho a irse sin penalización.

Sánchez también apunta que no existe un límite máximo para este aviso. "Puedes avisar con 2, 3, 5 meses; siempre que avises con al menos 30 días estás cumpliendo con la ley", aclara. Esta flexibilidad permite al inquilino planificar su mudanza con tiempo suficiente. No obstante, existe una excepción importante: si el inquilino desea marcharse justo al cumplir el quinto año del contrato, el plazo de preaviso se amplía y debe notificarlo al arrendador con al menos dos meses de antelación.

Siempre que avises con al menos 30 días estás cumpliendo con la ley"

Alberto Sánchez

Abogado

La forma correcta de comunicar la decisión

Aunque la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no especifica un método obligatorio para esta comunicación, la recomendación del experto es tajante para evitar malentendidos o problemas futuros. Lo más aconsejable es hacerlo siempre por escrito para que quede constancia fehaciente de la notificación y de la fecha en que se realiza.

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Gemini


Para una seguridad jurídica total, Sánchez recomienda el uso del burofax con acuse de recibo y certificación de texto. "Yo siempre aconsejo hacerlo por escrito, y si puede ser, con burofax, y te quitas de problemas", concluye el abogado. De este modo, el inquilino dispone de una prueba irrefutable de que ha cumplido con su obligación legal, protegiendo sus derechos frente a cualquier posible reclamación por parte del propietario.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

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