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Los fiscales sobre el pronunciamiento del Supremo en el 'caso Arandina': "Hay que hacer..."

El Supremo ha elevado las penas por el 'caso Arandina' pero advierte que sin la ley del 'solo sí es sí' la pena hubiera sido mayor

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Tiempo de lectura: 1'Actualizado 22:32

El Tribunal Supremo ha decidido aumentar las condenas impuestas a dos exfutbolistas de la Arandina por abusar sexualmente de una menor de edad en el 2017.

El Alto Tribunal eleva a nueve años de cárcel las condenas impuestas aplicando la ley del “solo sí es sí”, pero explica que les impone un año menos precisamente por esta normativa, más beneficiosa para el reo.

De esta forma, con el antiguo Código Penal, la condena habría sido de 10 años de prisión en lugar de los 9 actuales.

Es l primera ocasión que el Supremo aplica la nueva legislación y, de momento, los magistrados se muestran reacios a establecer doctrinas. Eso sí, avalan rebajar penas en aplicación de la nueva normativa, pero insisten en analizar caso a caso y no hacerlo de forma global.

"Hay que hacer un análisis individual y pormenorizado"

Salvador Vaida, presidente APIF, asegura que "no es un asunto nada sencillo, lo que viene a decir es que hay que examinar las condenas de forma individual y pormenorizada para decidir en qué caso se aplica y en cuáles no".

Señala que "dar reglas generales no es fácil, hay que revisar caso por caso" y añade que "cuando nos escontramos ante delitos graves, hay que ver si las nuevas penas son proporcionadas a la conducta realizada".

Sentencia que "como se han refundido delitos que se consideraban muy graves en el anterior codigo penal con delitos considerados menos graves, en la nueva redacción se han tenido quen rebajar las penas y abrir el marco de penalidad de 2 a 8 años, un marco muy amplio"


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