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Daniel Berzosa, abogado: "Si el Gobierno quiere intervenir en Madrid, el estado de alarma es la mejor opción"

El abogado Daniel Berzosa ha analizado en 'El Cascabel' las posibilidades que tiene el Gobierno para intervenir en la Comunidad de Madrid

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El ministro de Sanidad, Salvador Illa, se ha mostrado confiado en que la Comunidad de Madrid revise este martes, tras la reunión del Grupo Covid-19 entre Ejecutivo central y Gobierno regional, sus medidas para frenar la propagación del coronavirus en la región porque "la pandemia no está controlada".

En una entrevista en TVE, el ministro ha señalado que ahora desde su departamento están en "el escenario de emplazar a revisar estas medidas". "Esperemos que mañana haya una revisión y si no, veremos", ha advertido Illa, que ha insistido en el "espacio de cooperación reforzada" aunque "la responsabilidad recae en Madrid".

Preguntado por una hipotética intervención del Gobierno central en la gestión de la pandemia en la Comunidad de Madrid, el titular de Sanidad se ha mostrado confiado en que haya "una reacción" en el Ejecutivo presidido por Isabel Díaz Ayuso. "Son los datos avalados por la ciencia y los técnicos, y entiendo que es la forma de actuar", ha defendido Illa sobre sus recomendaciones basadas en la actuación "con determinación" como ocurre "en otros países europeos".

El abogado Daniel Berzosa ha analizado en 'El Cascabel' las posibilidades que tiene el Gobierno para intervenir en la Comunidad de Madrid: "Es evidente que el recurso más eficiente que tiene es el de declarar el estado de alarma, porque además se ha hecho antes y porque permite el control por parte del Ejecutivo durante 15 días. Con razón sanitaria o política este instrumento se puede emplear por parte del Gobierno. Desde luego sería el recurso jurídico más potente que tiene el Ejecutivo".

Berzosa también ha explicado cuál es la otra vía a la que puede recurrir el Ejecutivo: "Hay otro instrumento, pero creo que es el menos recomendable. Es el que se puede utilizar este martes y que deriva de la modificación del artículo 65 de la Ley de Cohesión y del Sistema Nacional de Salud. Aunque en este caso está habilitado y el Ministerio tiene la capacidad de aplicarlo, esta decisión no deja de ser una mera orden ministerial, con lo cual desde el punto de visto jurídico está un poco más limitado".

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