¿Se puede negar un padre a que su hijo reciba sangre de vacunado? "Hay que proteger la vida del menor"
El caso del niño de dos años en Bolonia hubiera tenido el mismo desenlace en España

¿Se puede negar un padre a que su hijo reciba sangre de vacunado? "Hay que proteger la vida del menor"
Madrid - Publicado el - Actualizado
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En Bolonia, el niño de dos años que padece una enfermedad del corazón va a ser operado de urgencia aún sin el consentimiento de sus padres. Finalmente el juez ha dictaminado que esta operación se realice.
Sus progenitores son negacionistas y exigían que para realizar la operación al niño se le hicieran transfusiones de personas no vacunadas. El magistrado ha sostenido que existen garantías de absoluta seguridad en la sangre suministrada por el hospital y que la salud del niño es de máxima prioridad.
El problema reside en que, sin esa transfusión de sangre, la operación urgente no se podría realizar y el pequeño no sobreviviría. Por eso, el hospital al considerar esta como una situación crítica, ha recurrido a la Justicia para que autorizara la intervención.
Esta es una situación bastante compleja en la que se mezclan muchos factores a tener en cuenta. Por un lado, un paciente que no puede dar un consentimiento al ser menor. Ese consentimiento se deriva, por tanto, a sus responsables legales que, en este caso, son los padres. Y, por otra parte, unos médicos que consideran que esa falta de consentimiento de los padres pone en riesgo la vida del paciente.
Por suerte, el niño ha sido operado. Al final, como te decía, todo se ha resuelto con la autorización del juez a realizar la intervención.
La pregunta es qué pasaría si hubiéramos tenido este caso en España. El doctor Mariano Casado Blanco, médico especialista en Medicina Legal y Forense, nos cuenta que la legislación tanto en Italia y España, en concreto en Europa, es muy similar.
“Lo que hay que proteger es la vida y la salud de ese menor desde el punto de vista legal o jurídico y en el 100% de la ocasiones el juez diría que sí, que hay que ponerle la sangre, asumiendo esa tutela”, explica el doctor.
En este tipo de situaciones, parecidas al caso de Bolonia, cuando la decisión de unos padres sobre su hijo pueda poner en riesgo su vida, los médicos están obligados a poner esta cuestión en manos de la Fiscalía de Menores. Después, a través de un mecanismo de urgencia, exponen el caso ante el juez y es este último el que determina lo que se tiene que hacer.
En este caso concreto, en España lo que ocurriría desde el punto de vista legal, es que el juez retiraría momentáneamente la tutela a los padres, la asumiría él y, entonces, autorizaría la operación. Todo esto viene recogido claramente en la Ley 41/2002, la Ley reguladora de la Autonomía del Paciente.
A grandes rasgos, lo que dice esta ley es que toda persona mayor de 16 años puede decidir sobre su tratamiento médico. Ahora bien, cuando el paciente tiene entre 12 y 16, el juez puede evaluar en cada casi si su madurez le permite tomar esas decisiones. Y, cuando ese paciente tenga menos de 12 años, los autorizados para consentir sobre un tratamiento médico son los padres.
Un segundo aspecto que tiene en cuenta esta ley, es la ponderación de los derechos. Es decir, en caso de conflicto, qué es lo que prima. El experto Manuel Casado nos cuenta que por encima de todo esta la vida sin ningún tipo de condición sexual, ideologica o de raza.
Otro aspecto fundamental que trata la ley, son las responsabilidades derivadas de cualquier tipo de problema que pueda surgir. Son muy duras con los médicos, por eso siempre van a intentar hacer todo lo posible por salvaguardar la vida y el bien estar de sus pacientes.
Si en España ocurre este caso, es decir, que el médico hubiera aceptado las reivindicaciones de la familia que no quería que se operara al niño y el niño muriera, este sanitario se enfrentaría a un delito muy grave: el de omisión de deber de socorro y abandono del paciente.
Este tipo de conflictos son muy sonados y polémicos pero no nuevos. Es común que salgan a la luz los casos en los que las prioridades o principios del paciente son incompatibles con un tratamiento médico necesario, como el caso de los testigos de Jehová.
En este caso, siempre se busca lograr un equilibrio entre del derecho a la vida y el derecho a la libertad religiosa.
La ley en España es muy concreta. El suceso que ha ocurrido en Bolonia hubiera tenido el mismo desenlace en España.