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¿Cómo pagar menos a Hacienda? Lo que tienes que hacer de aquí a final de año

José María Mollinedo, secretario general de GESTHA, de los Técnicos del Ministerio de Hacienda, en La Tarde

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La Tarde

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 17:49

Ya no queda nada para terminar el año... 40 días para ser más exactos... y aún tenemos algo de tiempo para que nos salga mejor la Declaración de la Renta.

Si movemos bien nuestras fichas antes de que llegue el 31 de diciembre, podríamos ahorrarnos unos 1.600 euros... Y no te quiero ni contar de lo que se podrían beneficiar las personas con rentas altas si se hacen bien los números.

Los Técnicos de Hacienda hablan de un ahorro fiscal medio de unos 4.300 euros...

José María Mollinedo, es el secretario general de GESTHA, de los Técnicos del Ministerio de Hacienda, ha aportado algunas claves en La Tarde.

Hay varios apartados clave dónde se puede se podría llegar a pagar menos a Hacienda:

- ¿Aún podemos invertir en un Plan de Pensiones? En los últimos meses del año conviene hacer aportaciones, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas. La ventaja fiscal se reflejaría en la base general del impuesto, no en la del ahorro.

-En cuanto a la VIVIENDA: hay que mirar mucho los números tanto si tenemos una vivienda en propiedad o como si la vendemos... Aquellos que compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 seguirán disfrutando de su derecho a la desgravación -hasta el 15%-.

Es conveniente realizar un pago adicional para amortizar la hipoteca antes de que finalice el año para reducir la factura fiscal, a excepción de Navarra o País Vasco que tiene su propio IRPF.

Para quienes vendieran su casa este año, las ganancias obtenidas tributarán en la próxima declaración de la Renta. Pero si se reinvierte el total o parcialmente el importe de venta en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar este pago

Las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual los mayores de 65 años o por personas dependientes están exentas.

¿Y en el caso de que se TRABAJE EN EL EXTRANJERO, qué hay que hacer?

Los rendimientos que se han obtenido por los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero están exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales. Además, esta exención solo está destinada a desplazamientos temporales, ya que si el contribuyente es residente en otro país ya no tributaría en España.

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-Uno de los apartados que siempre desgrava en Hacienda es ser DONANTE en alguna organización...¿pero también ser POLÍTICO?

Hay deducción: en las cuotas sindicales y los gastos en defensa jurídica contra el empleador, así como las de colegios profesionales con carácter obligatorio tienen derecho a deducción; hasta un 10% por donativos a otras fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública. Y por otro lado, las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos pueden suponer una deducción del 20%.

-Y ¿los EMPRENDEDORES también podrían ahorrarse algo en la Renta del año que viene?

Beneficios para los que aportan capital para un inicio de actividad: desde el 29 de septiembre de 2013, la ley del IRPF establece un incentivo a favor de los 'business angels'. Deducción de un 30% en la cuota del IRPF.

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