¿Pagaste los gastos de tu hipoteca? Esto es lo que debes hacer para pedir la devolución
Alberto Mora, especialista en derecho bancario, aconseja a los que hayan firmado la hipoteca en los últimos cuatro años acudir a la Administración

¿Cómo puedo reclamar el impuesto de actos jurídicos documentados de la hipoteca?
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El Tribunal Supremo ha rectificado este jueves su propia doctrina y ha decidido que sea la entidad financiera, y no el cliente, el que se haga cargo del impuesto de actos jurídicos documentados, lo que les puede suponer a los bancos españoles un desembolso cercano a los 1.900 millones de euros. La noticia ha provocado un cataclismo en la cotización de los bancos, que inmediatamente después de conocerse la noticia han sufrido fuertes pérdidas en bolsa, que en algún momento de la sesión han llegado a rozar el 9 %.
En un comunicado conjunto, la Asociación Española de Banca (AEB), la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) y la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (UNNAC) recuerdan que la sentencia publicada hoy se refiere "a una cuestión de naturaleza tributaria" y que las entidades han cumplido siempre con la normativa vigente. A partir de ahora, añaden, "como siempre han hecho", los bancos cumplirán con el nuevo criterio establecido por el Supremo. Sin embargo, detallan que no devolverán el dinero a las hipotecas ya firmadas y piden a los usuarios que se dirijan a la Administración para unas posibles devoluciones.

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¿Pero se puede reclamar? En principio, dado que el impuesto prescribe a los cuatro años, podrían reclamar todos aquellos que hayan suscrito un préstamo hipotecario en ese plazo; entre julio de 2014 y julio de este año, último dato facilitado por el Instituto Nacional de Estadística, se firmaron en España cerca de 1,5 millones de préstamos hipotecarios.
Alberto Mora, especialista en derecho bancario, ha detallado en 'Herrera en COPE' los pasos a seguir. "La sentencia es contundente. Los que hayan firmado la hipoteca en estos últimos cuatros primero hay que reclamar a la Administración, que de oficio podrían empezar a hacer devoluciones más intereses de demora. Más allá de cuatro años, podemos entrar en un problema de si está prescrito. Pero siempre que sean clientes que han pagado el impuesto a través de una cláusula de gasto, también pueden reclamar al banco"
¿DE CUÁNTO DINERO HABLAMOS?
El impuesto de actos jurídicos documentados de la hipoteca es el principal coste. De los gastos hipotecarios que afronta un cliente cuando firma una hipoteca, este impuesto supone alrededor del 75% del total. La cuota es un porcentaje del importe y depende de las comunidades autónomas. Las hay que aplican un tipo del 0,5% como Madrid y otras como Andalucía o Aragón que cobran el 1,5%. Esto significa que, por ejemplo, para una hipoteca media concedida en España, de 120.000 euros, el dinero abonado por ese impuesto oscilaría entre los 600 euros y los 1.800 euros. Depende de la comunidad y del importe de la hipoteca: a mayor préstamo, más tiene que pagarse por este impuesto.