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En 'Herrera en COPE'

¿Admitirá un juez el ADN que demuestra que Julio Iglesias tiene un hijo ilegítimo?

¿Se puede utilizar la muestra de ADN cogida de la basura para demostrar un caso de paternidad? Aquí surge el conflicto.

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13 jul 2018

El despacho de abogados sevillano Bufete Osuna ha conseguido una prueba de ADN que arroja un resultado del 99,99 %, el máximo posible, que concluye que el cantante Julio Iglesias tiene un hijo hasta ahora secreto, un valenciano de unos 40 años de edad llamado Javier Sánchez. Este despacho, especialista en este tipo de casos, ya demostró en 2016 que el torero Manuel Díaz es hijo de Manuel Benítez 'el cordobés'.

Este valenciano que asegura ser hijo de Julio Iglesias ya intentó, hace muchos años, conseguir el reconocimiento de su filiación, un intento fallido por defecto procedimental. Su madre tuvo una relación con el cantante, fruto de la cual se quedó embarazada, y tras el paso de los años, es hoy el hijo extramatrimonial quien ha decido llevar a cabo el proceso amparado por el artículo 39 de la Constitución Española, que contiene el amparo y la garantía de investigación de la paternidad para todas las personas. La prueba de ADN se ha conseguido en Miami e irá anexa a la demanda que se presentará en breve.

Y aquí salta la polémica porque al parecer, la prueba de ADN ha sido cogida de una maquinilla de afeitar rescatada de la basura del cantante. Jorge Puente, director general de LabGenetics ha asegurado en 'Herrera en COPE' que "la prueba de recogida de ADN es sencilla, lo complicado es la cadena de custodia. Si la muestra se tomó de la basura no tiene validez judicial porque no se puede certificar que es de Julio Iglesias". Para ello, recuerda Puente, es imprescindible el testimonio, "el juez no va a admitir esa prueba porque no se ha tomado la muestra en presencia de ningún testigo".

El procedimiento habitual es "en estos casos un detective sigue a la persona. Si este entra en un bar le graba mientras realiza una consumición. Documenta ese seguimiento y en el momento que esa persona deja la copa, el detective, documentando con vídeo coge el objeto y se garantiza que esa copa ha sido tomada por esa persona en concreto, pero hurgando en la basura el juez no lo va a aceptar" reitera Jorge Puente, ahora bien, puede servir  "para que el juez admita llevar a cabo una querella y obligar a Julio Iglesias a realizarse la prueba".

¿Se puede hurgar en la basura para obtener una prueba de estas características? El abogado especialista en Derecho Penal, Alfredro Liñán, asegura que "más que legal lo que hay que plantearse es si la prueba es lícita o se ha conseguido vulnerando derechos fundamentales. Ese derecho fundamental sería el derecho a la intimidad. En en ámbito penal pasa en determinadas ocasiones cuando hay una persona a la que se está investigando y fuma y se coge la colilla o hay alguien que está detenido y escupe en la celda y el esputo se analiza con posterioridad. El Tribunal Constitucional tiene sentenciado que los vestigios abandonados de forma voluntaria, siempre que persigan un fin constitucional legítimo, se puede utilizar sin que sea necesaria la autorización judicial. La regla general es que, para que me tomen una muestra de ADN, tiene que ser o con mi consentimiento o con autorización judicial. Si no es así, si nos encontramos con un vestigio abandonado de forma voluntaria lo que hay que analizar es si el fin constitucional que se persigue es legítimo".

Ahora, afirma el abogado, lo primero que hay que hacer, "lo que hay que ver si se ha vulnerado el derecho a la intimidad de Julio Iglesias".

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