Estas son las 10 comunidades autónomas que deberán pagar más por la luz a partir de septiembre

El porcentaje en sí era un peaje de acceso a la energía eléctrica, pero el coste fue asumido por las empresas comercializadoras

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Cómo saber si el recibo de la luz va a subir en tu comunidad

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Diez comunidades autónomas verán una subida en su factura de la luz debido a un impuesto territorial que no se les aplicó desde el año 2013. Los afectados serán los residentes de las siguientes comunidades autónomas: Cataluña, Madrid, Castilla y León, Andalucía, Murcia, Extremadura, Asturias, Navarra, Aragón, Cantabria y Galicia.

Esto se debe a una tasa territorial que en 2013 era entendida como de obligado cumplimiento cobrar, pero que no se pagó durante un año en esas diez regiones. En la actualidad, la Justicia ha determinado que ese impuesto lo deben abonar los consumidores. El porcentaje en sí era un peaje de acceso a la energía eléctrica, pero el coste fue asumido por las empresas comercializadoras de electricidad en lugar de por los clientes.

En base a esto el precio medio de cada hogar y según la OCU, este impuesto oscilará entre los 0,32 que pagarán en Cataluña hasta los 19,79 euros que deberán pagar en Galicia, la comunidad más afectada junto con Castilla y León, cuyos vecinos pagarán casi 16 euros más. El precio se pagará en una única factura si el precio es inferior a 2 euros y se prorrateará en 12 facturas si supera dicha cantidad.

¿Qué es lo que ha ocurrido?

En el año 2012, se promulgó una ley según la cual el cliente debía pagar los impuestos autonómicos de actividad eléctrica. El problema es que al año siguiente, cuando la ley estaba en vigor, no se implementó de manera correcta. En este sentido, la tasa fue pagada por las empresas comercializadoras de energía, que son las que han recurrido ante la Justicia este caso. Ahora, el Tribunal Supremo ha dictaminado que el tributo debe ser pagado por los consumidores y no por las empresas energéticas.

En 2014, esta ley fue revisada y se eliminó la obligación de repercutir los impuestos a los consumidores, pero como la ley no es retroactiva, la cantidad de 2013 debe ser abonada por los consumidores. Quienes tengan que pagar esta tasa recibirán una carta informativa por parte de su compañía eléctrica y el impuesto se les aplicará en concepto de Suplemento territorial por tributos autonómicos.

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