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El Boletín Oficial de la Región publica las instrucciones sobre la asistencia presencial a clase

Autoriza a los equipos directivos a redistribuir aulas y destinar a la docencia otros espacios, como gimnasios, salones de actos, bibliotecas, salones de usos múltiples o patios

EFE@cope_murciaMurcia

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 09:26

El Boletín Oficial de la Región (BORM) publica este martes la orden conjunta de las consejerías de Educación y de Salud por la que se dictan instrucciones sobre la asistencia presencial a clase del alumnado de Educación Infantil y Primaria los días 29 de abril y 6 de mayo, respectivamente.

Se deberá evitar aglomeraciones, garantizar que el alumnado y los trabajadores puedan respetar la mayor distancia de seguridad que sea posible, favorecer la estanqueidad y limitar al máximo los contactos en el centro, extremando a su vez las medidas de higiene, asepsia, ventilación, así como el uso de las mascarillas.

La orden autoriza a los equipos directivos a modificar horarios de los docentes y del alumnado, escalonar las entradas y salidas al centro y fraccionar o agrupar sesiones.

También autoriza a los equipos directivos a redistribuir aulas y destinar a la docencia otros espacios, como gimnasios, salones de actos, bibliotecas, salones de usos múltiples o patios, reasignar profesorado entre los distintos cursos o grupos, y desdoblar o redefinir grupos de alumnado para la impartición de las clases o la realización de actividades concretas. Para ello, podrán readaptarse las funciones y el horario de los docentes contratados y asignados a los centros con motivo de la COVID-19.

Por último, la orden permite a los equipos directivos optimizar la organización de los espacios y los tiempos, actualizar las medidas de ventilación, prevención y deambulación por los espacios del centro, y modificar los planes de contingencia, de continuidad del proceso de enseñanza-aprendizaje y cuantos otros se hayan establecido en el centro en relación con la asistencia y atención del alumnado.

Para la implantación de estas medidas los centros educativos podrán contar con el apoyo y asesoramiento de la Inspección de Educación y del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, de cuyos informes se deducirán, en su caso, las medidas específicas que sea necesario implementar o modificar en algún centro concreto.


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