HISTORIA DE PAMPLONA
Conoce qué dice el artículo 14 del Privilegio de la Unión
En el 600 aniversario del Privilegio de la Unión recordamos una de las claves, el artículo 14

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Artículo 14 del Privilegio de la Unión
Artículo 14 del Privilegio de la Unión. En el 600 aniversario del Privilegio de la Unión queremos recordar el capítulo XIV: Cese de pleitos, debates y demandas entre los burgos.
Para que la unión tenga mayor eficacia y sea duradera se ordena cesen todos los pleitos, debates, cuestiones y demandas que hasta ahora haya podido haber entre los vecindarios, debiéndose perdonar para siempre las malquerencias y enemistades, viviendo en adelante en servicio de Dios, en paz, amor y caridad, como buen pueblo unido debe hacer
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